Los diputados provinciales harán públicas sus declaraciones de bienes y actividades en la próxima legislatura. El último pleno ordinario de la institución provincial aprobó, con el apoyo de los dos grupos con representación en la institución -PP y PSOE-, los modelos de declaración que deberán presentar y que hacen referencia tanto a sus bienes patrimoniales, como a causas de posible incompatibilidad y actividades, y de declaración anual de bienes y rentas para su publicación en la página web.
Los diputados ya venían presentando sus declaraciones en virtud de los modelos aprobados también en su día por el pleno, pero ahora esos modelos se adaptan a la normativa vigente, en concreto al artículo 75,7 de la Ley 7/1985 de 2 de abril. Las declaraciones anuales de bienes y actividades y las de finalización del mandato se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, haciendo referencia exclusivamente al hecho de su presentación.
No obstante, a efectos informativos sí se publicarán en la web las declaraciones anuales de bienes patrimoniales, pero en un formato que no sea susceptible de modificación por terceros «con arreglo a los modelos aprobados por el Pleno de la Diputación, con las adaptaciones que sean precisas a fin de proteger los datos de carácter personal, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal». La publicidad de las declaraciones en la página Web será cancelada al mes de finalizar el mandato de Diputado o Diputada Provincial.
Las declaraciones de bienes y causas de incompatibilidad se presentarán en la Secretaría General, en los modelos aprobados por el Pleno, antes de la toma de posesión, con ocasión del cese y al final del mandato, así como cuando se modifiquen las circunstancias de hecho. Excepto las primeras, las declaraciones se presentarán en el plazo máximo de un mes desde que se produzca el cese o desde la modificación de las circunstancias.
La declaración anual de bienes y rentas para su publicación en la página web, se presentará también en la Secretaría General, en el modelo aprobado por el Pleno, en un plazo no superior a un mes desde la finalización del período voluntario de presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La declaración de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades, se presentarán en la Secretaría General, en un plazo no superior a un mes desde la finalización del período voluntario de presentación de dichos impuestos. Es decir, que anualmente deben presentarse las declaraciones tributarias.
En la página web de la Diputación se habilitará por tanto un espacio con el siguiente contenido: Modelos de declaración, Relación anual de declaraciones, con fecha de presentación e indicación expresa de las declaraciones pendientes; y Declaraciones anuales de bienes y rentas de cada uno de los Diputados.