La titular del Juzgado de lo Social de Segovia sentenció que la empresa de ambulancias Arturo S.A. vulneró el derecho fundamental de sus trabajadores a la integridad física al obligarles a desinfectar ellos mismo su ropa de trabajo durante los servicios de transporte sanitario durante la crisis del COVID-19.

La jueza, en su auto, condena a la empresa al cese inmediato de esta conducta y el cumplimiento de las medidas de seguridad, en tanto en cuanto dure la pandemia. En primer lugar, responsabilizándose del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y de los equipos de protección de todo su personal de movimiento de Segovia, sin que, “en ningún caso”, subrayó, “sean los trabajadores los que deban llevarse la ropa a sus domicilios”.

En segundo lugar, exige un sistema de recogida y devolución del uniforme en las bases en las que se presta el servicio y el lavado y desinfección de la ropa del trabajo de la plantilla mediante la contratación de una empresa homologada, o con sus medios propios, siempre que ello se lleve a cabo con los medios y protocolos adecuados a la limpieza, desinfección y etiquetado.

También pide garantizar que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias necesarias, además de la devolución sea personal, con la ropa marcada con el nombre y la base del propietario de esa ropa.

Contra esta sentencia del Juzgado de lo Social de Segovia se puede interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.