Subvenciones de la Junta para fijar población en pueblos de menos de 7.500 habitantes

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El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica las subvenciones de la Junta para fijar población en pueblos de menos de 7.500 habitantes

La finalidad de estas ayudas es financiar proyectos de dinamización demográfica que promuevan la creación de las condiciones necesarias para fijar, integrar, incrementar o atraer población a la comunidad autónoma de Castilla y León.

De este modo, se consideran proyectos de dinamización demográfica los que fomenten la eficacia y la eficiencia en la prestación de servicios a la población. Aquellos que impliquen la acogida y el acompañamiento de nuevos pobladores y la creación o impulso de nichos de actividad económica y social. Asimismo, se consideran proyectos para la dinamización demográfica aquellos que aseguran o impulsan la implantación de proyectos empresariales que generan puestos de trabajo, proporcionando soluciones integrales complementarias al proyecto empresarial.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos establecidos en estas bases, las diputaciones provinciales de Castilla y León, los ayuntamientos o agrupaciones de ayuntamientos, los consejos comarcales u otras entidades locales que agrupen a varios municipios y los grupos de acción local, legalmente constituidos, con implantación en la zona, así como sus agrupaciones de carácter regional y sus federaciones.

Menos de 7.500 habitantes

Serán proyectos subvencionables los que desarrollen actuaciones para el mantenimiento o crecimiento de la población en municipios de menos de 7.500 habitantes.

Podrán presentarse proyectos conjuntos que integren actuaciones de distintos beneficiarios, siempre que entre ellos exista una finalidad común.

En este caso, los distintos participantes tendrán la consideración de beneficiarios en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones. Las entidades participantes designaran un coordinador que será responsable de la gestión, tramitación y justificación de la subvención.

Cada beneficiario podrá presentar diversos proyectos siempre que la cuantía de la subvención no supere los máximos establecidos en la orden de convocatoria.

La cuantía de la subvención será del 95 por ciento del coste del proyecto y del cien por cien en el caso de proyectos integrales vinculados a la creación de empleo.

*Foto de Jed Owen en Unsplash

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