multas por trepar al Acueducto

Desde este sábado, 11 de marzo, entran en vigor las multas por trepar al Acueducto de Segovia. También por escalar, descolgarse o cualquier acción similar desde el Monumento.

Con la entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana se persigue reforzar la protección del Acueducto y del patrimonio histórico de la ciudad.

Con esta modificación, «el equipo de Gobierno hace uso de las herramientas normativas a su alcance para tratar de impedir agresiones al patrimonio histórico-artístico«, defienden fuentes municipales.

El Acueducto, capítulo especial

El artículo 22 se modifica para introducir un punto tercero con conductas sancionables relacionadas directamente con el Acueducto.

En este sentido, se indica expresamente, que no se puede acceder a la parte superior del Acueducto y su canal desde el desarenador de San Gabriel hasta el final del monumento en el interior del Recinto Amurallado, sin autorización municipal; autorización que deberá estar basada en el interés público o por motivos de conservación o mantenimiento del monumento.

Otros usos prohibidos del monumento romano como escalar, subir, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar en el Acueducto, sin autorización municipal. En ambos casos, se consideran conductas tipificadas como muy graves y, por tanto, serán sancionadas con multas de 1.500 a 3.000 euros.

También se prohíbe introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia.

Asimismo, queda prohibido tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.

Y, por último, se indica la prohibición de depositar junto al Acueducto, aún de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares, sin autorización municipal (conducta tipificada como grave y susceptible de una multa de 750 a 1.500 euros).

Abanico de infracciones

Se han modificado 6 artículos. Se incluye como infracción de carácter muy grave cuando los actos afecten a edificios ubicados dentro del ámbito declarado como “Ciudad Vieja de Segovia y su Acueducto” incluido en la lista de Patrimonio Mundial por la UNESCO.

Así, por ejemplo, una ‘pintada’ o grafiti en un edificio dentro de este ámbito será sancionada con multas de 1.500 a 3.000 euros.

Además, queda prohibido depositar o lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.

Gravedad de las infracciones

De esta manera, tendrán la consideración de infracciones graves:

  • Depositar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico o inorgánico sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.
  • Introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia.

En estos casos, la infracción será sancionada con multa de 750,01 a 1.500 euros.”

Y tendrán la consideración de infracciones muy graves:

  • Lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.
  • Tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.

En estos casos, la infracción será sancionada con multa de 1.500,01 a 3.000 euros

Respeto a los demás

Por otra parte, se introduce otro cambio en el artículo 18 para aclarar que la práctica de juegos, no solo con pelota, sino también con otros instrumentos u objetos, monopatín o similares en el espacio público, está sometida al principio general de respeto a los demás, y, en especial, de su seguridad y tranquilidad, así como al hecho de que no impliquen peligro para los bienes, servicios o instalaciones.

Unanimidad

El pleno del 30 de diciembre de 2022 acordó la aprobación inicial de esta modificación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Segovia. El acuerdo fue adoptado por unanimidad de todos los grupos políticos.

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