El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 5 de Segovia ha dictado el auto de Procedimiento Abreviado en la causa abierta por el accidente del autobús urbano, ocurrido en el barrio de San Lorenzo, por si los hechos investigados a N. E. P. M. fueran constitutivos de cinco delitos de lesiones por imprudencia grave.
Los hechos se remontan al 14 de agosto de 2018, cuando la investigada N. E. P. M. conducía un autobús urbano perteneciente a la línea 2 de la capital segoviana.
Al llegar a la parada existente al inicio de Vía Roma, en sentido al barrio de San Lorenzo, realizó la correspondiente parada, dejando las ruedas directrices orientadas hacia dentro de la calzada.
La conductora llamó por teléfono al mecánico de la empresa para comunicarle una incidencia que marcaba el panel de mandos. El mecánico le indicó que tal incidencia había sido revisada y que para eliminarla del panel debía parar el motor y quitar el contacto de la batería.
Acto seguido la investigada abandonó el puesto de conductor sin dejar accionado el freno de estacionamiento del autobús, momento en que el autobús comenzó a desplazarse sin conductor por la pendiente descendente de la calzada y en dirección a la acera opuesta.
El autobús invadió ambos sentidos de circulación de la calzada y terminó provocando varios desperfectos en turismos estacionados y mobiliario urbano.
En su trayectoria descontrolada sobre la acera, el autobús también causó lesiones de distinta consideración a 5 peatones.
La lesión más grave supuso una fractura trimaleolar del tobillo derecho a una de las peatones que ha requerido de dos intervenciones quirúrgicas, estando a la espera de realizar una artrodesis de tobillo que tiene prescrita.
Ahora el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares personadas pueden, en el plazo de diez días, solicitar la apertura del juicio oral -formulando escrito de acusación contra la conductora y reclamando los perjudicados la responsabilidad civil derivada del suceso contra ella y contra la aseguradora del autobús (Allianz)-; o pedir el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
Durante la instrucción de la causa, que se ha demorado dos años debido sobre todo a la tardanza del informe de Sanidad sobre el peatón que resultó con lesiones más graves, se ha realizado una investigación exhaustiva por parte de la Policía Local para determinar las causas del siniestro y se han recibido multitud de declaraciones.