La campaña de DGT sobre las distracciones al volante, hace que se refuercen los controles sobre el uso del móvil y otro elementos que puedan ocasionar distracción. La campañaa tiene como objetivo sensibilizar a los conductores de la peligrosidad que conlleva distraerse al volante. Este tipo de distracciones se encontró en el 39% de los accidentes mortales de 2010.

La campaña iniciada por la Dirección General de Tráfico hace hincapié en los peligros que conllevan las distracciones mientras se conduce. Esta campaña, que se cerrará el 10 de abril, tiene el lema «Al volante, solo el volante».

La subdelegada, María Teresa Rojo ha alertado que, “después de hablar un minuto y medio por el móvil, incluso con el manos libres, el conductor deja de percibir el 40 por ciento de las señales de tráfico” y que «según distintos estudios, fumar mientras se conduce multiplica por 1,5 el riesgo de sufrir accidentes”.

De esta manera, proseguido que «gestos como marcar un número de teléfono, responder a una llamada telefónica, manipular el navegador, encender un cigarrillo o ajustar la radio o el reproductor de CD pueden convertirse en letales mientras se conduce”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Stutts, J.C., Feaganes, J., Rodgman, E., Hamlett, C., Meadows, T., Reinfurt, D., Gish, K., Mercadante, M. y Staplin, L. (2003).

 

La normativa que rige esta campaña

La Ley de Seguridad Vial en su artículo 11.2 y el Reglamento de Circulación en su artículo 18. 1 estipulan que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.

Además, la Ley de Seguridad Vial, en su artículo 65 tipifica como infracción grave: “conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación” y “conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente en la conducción”.

Correspondiendo a este tipo de infracción grave una sanción de multa de 200 euros y la retirada de tres puntos del carnet de conducir.

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