Castilla y León mantiene su decisión de adelantar el toque de queda a las 20 horas.
Como autoridad delegada competente, el presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco, ha firmado ya el acuerdo que se publicará mañana en el
Boletín Oficial de Castilla y León y entrará en vigor a las 20 horas de mañana sábado
16 de enero.
Según un informe de los Servicios Jurídicos de la administración autonómica, esta
decisión la avala el artículo 10 del Real Decreto 956/2020 de 3 noviembre. Al autorizar
la prórroga del estado de alarma, se acuerda la modificación de este artículo,
permitiendo “modular, flexibilizar y suspender” la limitación de la libertad de circulación
de las personas siempre que sea en horario nocturno prevista en el artículo. Modular
es modificar los factores que intervienen en un proceso para obtener distintos
resultados. Por tanto, con esta previsión el Real Decreto 956/2020 permite que la
autoridad delegada restrinja los criterios de limitación de la libertad de circulación de
las personas en horario nocturno, buscando obtener una mejora de la situación
sanitaria.
Así, Alfonso Fernández Mañueco, como autoridad delegada en Castilla y León, tras la
prórroga del actual estado de alarma, tiene la facultad de ampliar o restringir dicha
libertad en horario nocturno.
Tras consultar a expertos sanitarios y epidemiológicos, con el aval de los servicios
jurídicos de la Junta, y tras haber mantenido reuniones con alcaldes, presidentes de
diputación y portavoces parlamentarios, la Junta de Castilla y León ha adoptado
cuatro nuevas medidas para frenar el vertiginoso aumento de contagios e incidencia
acumulada, que se ha multiplicado casi por 5 desde el 1 de enero en la comunidad.
Fernández Mañueco ha comunicado esta decisión al ministro de Sanidad esta misma
mañana, antes de la entrada en vigor de las medidas que serán de obligado
cumplimiento a partir de las 20 horas de mañana sábado una vez se haya publicado
en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Así pues, la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno
será entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana. Durante este tramo horario las
personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de usos público para la
realización de las actividades autorizadas previstas en el Real Decreto 926/2020
sobre el estado de alarma, tales como la adquisición de medicamentos, productos
sanitarios y otros bienes de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y
establecimientos sanitarios y a centros de atención veterinaria por motivos de
urgencia; el de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o
legales; el retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las
actividades previstas en este apartado o la asistencia y cuidado a mayores, menores,
dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, así
como la asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes.
Asimismo, a las 20 horas entrará en vigor la limitación de la entrada y salida de
personas del territorio de cada una de las provincias de Castilla y León, salvo para
todos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por
alguno de los motivos exceptuados.
En tercer lugar, se limita también la permanencia de grupos de personas en espacios
públicos y privados a un número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de
convivientes, lo que se espera reduzca de manera muy significativa la movilidad e
interacción social. Esta medida no afecta a la confluencia de personas en
instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen
específico de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria, ni
tampoco a las actividades laborales e institucionales.
En este sentido, también se reducirá en toda Castilla y León el aforo para las
reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, de manera que no se supere un
tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas.
Estas medidas serán efectivas desde 20 horas de mañana sábado 16 de enero y se
evaluarán cada 15 días para garantizar su adecuación a la evolución de indicadores.