Ayudas para municipios de menos de 20.000 habitantes

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La Junta convoca ayudas para municipios de menos de 20.000 habitantes en la comunidad autónoma de Castilla y León, por 20 millones de euros.

Estas ayudas, gestionadas por la Consejería de la Presidencia, están destinadas a Wrealizar inversiones para modernizar los servicios públicos locales en todos los municipios menores de 20.000 habitantes, favoreciendo también el empleo local».

Para favorecer su agilidad y efectividad, la gestión de este fondo se ha coordinado con las diputaciones provinciales.

Menos de 1.000 habitantes

Así, para la gestión de las ayudas que corresponden a los 2.009 municipios de Castilla y León menores de 1.000 habitantes, cuyo importe total asciende a 9.919.730 euros, se han suscrito convenios con las nueve instituciones provinciales, en virtud de los cuales, no sólo colaboran en su tramitación, sino que también aportan fondos adicionales en la cofinanciación de los proyectos de inversión en estos pequeños municipios.

Más de 1.000 habitantes

La parte del fondo destinada a los 223 municipios de Castilla y León mayores de 1.000 habitantes, cuyo importe asciende a 10.080.269 euros, se gestiona directamente por la Dirección de Administración Local de la Consejería de la Presidencia.

Entre 1.000 y 20.000 habitantes

En la financiación de estas subvenciones, en el tramo de los municipios entre 1.000 y 20.000 habitantes, el 75 % de las inversiones corresponde a la Junta y el 25 % a los ayuntamientos; por su parte, en el tramo de menos de 1.000 habitantes, el 50 % lo asume la Junta, el 25 % las diputaciones y el 25 % restante los ayuntamientos.

34 millones en Castilla y León

Esta cooperación interadministrativa supone que el importe total de recursos económicos movilizados, es decir, las cantidades que finalmente van a ser invertidas, asciendan a más 34 millones de euros en Castilla y León.

Plazos de solicitud

Los ayuntamientos mayores de 1.000 habitantes disponen hasta el 7 de julio para presentar sus solicitudes, en las que deberán figurar las inversiones que decidan proponer y acreditar que cumplen las condiciones establecidas en la convocatoria. En el caso de los ayuntamientos menores de 1.000 habitantes, los plazos serán los que establezcan cada una de las nueve diputaciones provinciales.

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