Segovia notificó este sábado 55 nuevos positivos, 95 brotes activos y 498 personas vinculadas a dichos brotes. Hasta la fecha, y sólo en el Hospital General, el número de fallecidos oficiales por la pandemia asciende a 236 pacientes, aunque la realidad es que la cifra real no se conoce, teniendo en cuenta aquellos que murieron en el complejo sin someterse a las pruebas, en sus domicilios y en las residencias, durante la primera ola. Además, Castilla y León notifica hoy 2.183 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número acumulado alcanza los 90.204; de esa cifra, 83.589 tienen diagnóstico mediante pruebas de infección activa (*).
Los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Vigilancia, Diagnóstico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 2.183 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, 59 tienen diagnóstico durante el día previo.
Los brotes activos actualmente en el conjunto de la Comunidad son 732 y los casos positivos a ellos vinculados, 6.393.
Las altas registradas desde la anterior comunicación son 193, para un acumulado de 13.270, y los decesos en hospitales veintidós, para un total de 2.860 personas fallecidas en ese ámbito asistencial.
La situación recogida provincialmente puede consultarse en el archivo adjunto y de forma más amplia y diariamente a través de este enlace al Portal de Transparencia de la Administración autonómica castellana y leonesa ( Enlace a la información actualizada sobre el nuevo coronavirus COVID-19 en Castilla y León ).
La Junta de Castilla y León apela a la responsabilidad individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo las medidas básicas de distancia social, higiene de manos y uso obligatorio de la mascarilla en las situaciones legalmente establecidas.
Recordar que hasta el 9 de noviembre -en principio- está vigente la limitación de la entrada y de la salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León; también, con carácter general, las agrupaciones personales en espacios públicos y privados se reducen a un máximo de seis personas, al igual que los aforos en lugares de culto, al 50%.
La Comunidad mantiene, también en cumplimiento del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el Estado de Alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, un toque de queda con inicio a las diez de la noche y que se extiende hasta las seis de las mañana del día siguiente, circunstancia que supone la limitación parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública.
La Junta reitera asimismo la importancia de cumplir también con las medidas de carácter general vigentes y que hacen mención a aspectos preventivos individuales y colectivos, tales como el uso obligatorio de la mascarilla, el lavado de manos, la distancia de seguridad interpersonal, la restricciones un máximo de seis personas de las reuniones familiares o sociales, las condiciones para el consumo en establecimientos hosteleros y las limitaciones para fumar, entre otras.
También es necesario insistir en la transcendencia del cumplimiento de las actuaciones sanitarias colectivas para la contención de la transmisión comunitaria de la COVID-19 en aquellos municipios en los que se han decretado limitaciones para el control social, de aforos máximos y de horarios con el fin de evitar situaciones que pudieran suponer riesgo de contagios y nuevo brotes de la enfermedad.
En cualquier caso, sólo a través de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboración ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios, la pandemia por la COVID-19 podrá ser superada, siendo para ello es fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, autonómicas, provinciales y locales.
(*) Pruebas diagnósticas de infección activa: PCR y test Ag.
(**) Se considera brote cualquier agrupación de tres o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido algún caso en los últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de síntomas o la de diagnóstico, si la de los síntomas no está disponible.