Medio Ambiente fija el calendario de caza para la media veda en Segovia

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La Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León la orden en la que aparecen fijados los días en los que la caza estará permitida para la media veda en el territorio de la región.

La media veda en Segovia estará permitida los días 15, 16, 18, 20, 21, 23, 25, 27, 28 y 30 de agosto y 1, 3, 4, 6, 8, 10, 11, 15, 17 y 18 de septiembre. Para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al día 21 de agosto.

En los cotos de caza con terrenos en provincias diferentes, los días hábiles de caza para la media veda serán los correspondientes a la provincia donde estén matriculados.

Los días fijados como hábiles para la práctica de la caza de las especies incluidas en la media veda, deberán entenderse como máximos. En consecuencia, el titular o los titulares de los cotos podrán, a la vista de la evolución de las distintas especies, reducir el número de días, establecer cupos o fijar el horario en el que ha de practicarse ésta.

 

 

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