En relación con la posible reunión, concentración o manifestación de ‘Usuarios Avant Segovia’, para éste sábado, 3 de octubre, en la rotonda de la Choricera, la Subdelegación del Gobierno aclara:

1.- De conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, la celebración de concentraciones o manifestaciones en lugares de tránsito público debe ser comunicada por escrito a la Subdelegación del Gobierno, por parte de los organizadores o promotores de las mismas, con antelación de diez días naturales, indicando el lugar, la fecha, la hora y la duración prevista, así como su objeto, el itinerario proyectado y las medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten de la autoridad gubernativa.

2.- La celebración de este tipo de actos sin ajustarse a las previsiones legales constituye una infracción administrativa grave, contemplada en el artículo 23.c) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de protección de la Seguridad Ciudadana, y sancionable con una multa de 300,52 a 30.050,61 euros, de la que serán responsables los organizadores o promotores de los mismos.

3.- Además, estas sanciones son independientes de las que resultasen procedentes en el caso de que se produjesen alteraciones o cortes del tráfico en vías públicas, por aplicación de lo dispuesto en la Ley 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y en el vigente Reglamento General de Circulación.

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