El Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Segovia ha elaborado una normativa de uso para diferentes instalaciones municipales con el fin de que los usuarios se ciñan a ellas para mantener la buena conservación de las instalaciones, así como el buen funcionamiento de las actividades que se realicen en ellas.

Las instalaciones que dispondrán a partir de ahora de normas regladas de utilización son las de Tiro con Arco de la Ciudad Deportiva de La Albuera y el Frontón Segovia, el Rocódromo, las Pistas Polideportivas instaladas en diferentes barrios de la ciudad y la Pista de Juegos Autóctonos Orgullo Segoviano.

 

Instalaciones de Tiro con Arco

Para su utilización es requisito indispensable e imprescindible que el deportista esté en posesión de la Licencia Federativa de Arquero y del Seguro de Responsabilidad Civil correspondiente, encontrándose en vigor durante todo el tiempo de permanencia del arquero en la instalación. Además, para regular la utilización de la instalación se seguirán de manera genérica las normativas de la Federación Internacional de Tiro con Arco, en sus apartados generales y en los correspondientes al tiro olímpico en aire libre y sala. Y por supuesto, queda totalmente prohibida la práctica en la instalación cuando en el campo de fútbol, pabellón o instalaciones anexas se estén disputando partidos, competiciones o actividades que el Instituto Municipal de Deportes estime de relevancia para no permitir el acceso de los practicantes a la zona de tiro.

 

Rocódromo

El uso fundamental será la práctica deportiva en las diferentes disciplinas o modalidades propias de la instalación. Las actividades programadas por entidades o clubes autorizados por el Instituto Municipal de Deportes, o aquellas organizadas por este, tendrán prioridad sobre el resto. Durante la celebración de las mismas, la instalación no podrán ser utilizada por personas ajenas. Todos los interesados en utilizar las instalaciones deportivas del Rocódromo, deberán inscribirse en el Instituto Municipal de Deportes de Segovia. Para hacer uso del mismo de forma autónoma y segura, los escaladores deberán estar en posesión de la correspondiente Licencia perteneciente a la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, o acreditar un nivel mínimo de procedimientos técnicos sobre seguridad (aseguramiento, chapaje, cabuyería básica, etc.) mediante los cursos y pruebas de aptitud que el Instituto Municipal de Deportes considere oportunas.

 

Pistas Polideportivas

Las Pistas Polideportivas al Aire Libre son de acceso libre para todos los usuarios que cumplan con los requisitos de esta normativa, con un horario de uso de 10.00 a 22.00 horas, todos los días de la semana, quedando prohibido terminantemente el acceso a las mismas fuera de este entorno horario. No está permitido el acceso al interior de las pistas a menores de 8 años si no están acompañados de adultos que se responsabilicen directamente de ellos, o inscritos, bien en programas de enseñanza dirigidos por un monitor, bien en actividades o competiciones organizadas por algún Club o Entidad autorizado por el Instituto Municipal de Deportes. En todo caso, no se permitirá el acceso, en este tipo de uso, bajo ningún concepto, a menores de 6 años. Asimismo, aquellos usuarios, mayores de 18 años, que quieran hacer uso de las mismas, deberán solicitar una autorización escrita al Instituto Municipal de Deportes.


Pista de Juegos Autóctonos “Orgullo Segoviano”

El uso fundamental será la práctica deportiva en las diferentes disciplinas o modalidades de Juegos y Deportes Autóctonos y Tradicionales y el acceso será libre para todos aquellos con un horario de uso de 9:00 a 22:00 horas, quedando prohibido el acceso a las mismas fuera de este entorno horario. Aquellos usuarios que pretendan reservar la instalación en un horario determinado deberán tramitar la correspondiente autorización, que tendrá carácter gratuito, en las oficinas del Instituto Municipal de Deportes.

Los usuarios, durante el período de utilización, serán responsables de los desperfectos o anomalías ocasionadas en las instalaciones, por su uso negligente o indebido y deberán comunicar los calendarios oficiales con al menos quince días de antelación, detallando días, horas, categorías, clase de competición y aquellos datos de interés para la correcta disposición, gestión y mantenimiento de la instalación.

Se podrán consultar las normativas al completo en la página web del Instituto Municipal de Deportes: www.imdsg.es

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