Que nadie copie mi trabajo

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Por la cabeza de muchos estudiantes ha pasado siempre el temor de posibles plagios con los trabajos que realizan durante sus años de carrera. Mucho trabajo, muchas horas de esfuerzo personal y en grupo, e incluso noches en vela que en ocasiones se tornan amargas al descubrir sus propios trabajos en publicaciones, en manos de otros de sus compañeros, o incluso en tesis doctorales de profesores o trabajos de fin de carrera, de otros universitarios.

Pero ahora, las tornas cambian gracias al nuevo Estatuto del Estudiante, cuyo borrador presentó la ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia, y que ha entrado en vigor en enero, en el  que en uno de sus puntos garantiza la propiedad intelectual de los trabajos que los estudiantes presenten durante la carrera y que sean, eso sí, originales. De principio a fin. Con este, los estudiantes tienen derecho «Al reconocimiento de la autoría de los trabajos elaborados durante sus estudios y a la protección de la propiedad intelectual de los mismos».

La autoría de los trabajos que nunca era reconocida en los créditos, consiguen con el nuevo estatuto, una protección ante la difusión universal que permite Internet, para evitar la copia entre estudiantes, pero también su uso indebido por parte de los profesores.

Los trabajos, que siempre han sido método de evaluación en las carreras universitarias, cobran de nuevo una especial relevancia con la entrada entrada en vigor del nuevo plan común europeo, en el que, además de los trabajos comunes, al final de todos los grados y másters se exige al alumno un trabajo de fin de curso para lograr el título.

El artículo 7.1.x) reconoce este derecho que no se recogía en la LOU, pero no hay que olvidar que este derecho está supeditado a lo que establece una norma de rango superior, la Ley de Propiedad Intelectual: «no serán protegibles todos los trabajos que entreguen los alumnos, sino únicamente los que sean originales, y no lo serán las sean una mera copia de lo que han creado otras personas.» El artículo 13.1 incluye como obligación del estudiante la de abstenerse de la utilización de procedimientos fraudulentos en los trabajos que se realicen.

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