Termómetro marcando 38ºC en una foto de archivo.

Se acerca una nueva ola de calor que será la tercera de este verano y para que no se produzcan incendios forestales, la Junta ha prohibido realizar fuegos los días 8 y 9 debido al incremento de las temperaturas y que pueden alcanzar los 42 grados en algunos puntos de la comunidad.

Las previsiones que se esperan para el martes 8 de agosto son de temperaturas de 36-39 ºC para casi la totalidad del territorio, llegando a ser en algunas zonas del centro de 39-42 ºC. Para el miércoles se espera que el mercurio alcance entre 33 y 36ºC en la mayor parte de Castilla y León, aunque en el centro puede llegar a los 39ºC.

También existe una previsión de vientos de elevada intensidad y de baja humedad relativa. Para el martes se esperan 25-30 km/h con rachas 40 km/h en el sur y este de la Comunidad, y el miércoles 30-35 km/h, con rachas de 40-45km/h en el este y humedades relativas mínimas muy bajas, del 5-10% en el sur y 10-15% en el resto de la Comunidad.

El nivel de riesgo de incendios de la Agencia Estatal de Meteorología es ‘extremo’ para la mayor parte de Castilla y León durante los dos días. Por todo ello, la Junta de Castilla y León declara situación de alerta y las siguientes medidas extraordinarias:

  • Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
  • Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas
    autorizadas.
  • Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
  • Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que
    contengan fuego.
  • Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.

Se exceptúa de estas prohibiciones el uso de esa maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente previamente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos.

Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.

Estas medidas extraordinarias se aplicarán desde las 0.00 horas del 8 de agosto hasta las 23.59 horas del día 9.