El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) confirmó la condena de cinco años de prisión, por tentativa de homicidio, a un hombre que acuchilló en el cuello en agosto de 2017 a otro en plena calle en la localidad de San Ildefonso (Segovia). De este modo, desestima el recurso de apelación interpuesto por el acusado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Segovia en julio de 2019.

De la prueba practicada en el juicio resultó probado que el día 1 de agosto de 2017 el agredido se encontraba en la calle en conversación con otra persona. Llegó al lugar el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, quien mientras se dirigía hacia él abría una navaja que portaba e intentó acabar con su vida. Sin mediar palabra alguna, le asestó un fuerte navajazo en el cuello, así como también en el brazo izquierdo y la cabeza, ante lo cual lo único que pudo hacer fue sujetarle el brazo en el que llevaba la navaja, momento en el que el acusado le mordió un dedo.

A consecuencia de los hechos la víctima sufrió una herida de tres centímetros en el ángulo mandibular izquierdo con pulso carotideo conservado, hematoma en cara anterior del cuello, herida cortante en cara anterior del antebrazo izquierdo de unos quince centímetros de longitud que afectó a la piel y tejido celular subcutáneo. También resultó herido en el extremo distal del cuarto dedo y tercer dedo de la mano derecha, compatible con mordedura humana, todo ello precisó para su curación de tratamiento quirúrgico, tardando en curar doce días, cuatro de ellos de perjuicio grave, seis de moderado y dos básico.

El perjudicado tiene secuelas motoras y sensitivomotoras de origen periférico, nervios craneales, afectación nervio facial, rama mandibular, paresia facial izquierda, con un perjuicio de catorce puntos, así como una cicatriz del ángulo mandibular izquierdo, cicatriz extensa en antebrazo izquierdo y cicatriz en bíceps derecho. La lesión sufrida por el perjudicado en el cuello es “de alta peligrosidad, pues de haber penetrado más horizontalmente o hacia el interior en vez de hacia abajo hubiera supuesto un peligro para la vida”.

El juez determinó además que el acusado es “toxicómano adicto a estupefacientes y sustancias psicotrópicas de larga evolución, con alteraciones de comportamiento vinculadas en gran medida al consumo de tóxicos, sin que ello anule sus facultades intelectivas o volitivas de forma grave”. Sin embargo, no consta que en el momento de la comisión de los hechos “los procesados se encontrasen bajo la influencia de la ingesta de drogas o estupefacientes”.