El presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, Jesús Encabo, ha planteado una modificación de la ley que regula este órgano fiscalizador para, entre otras medidas, poder establecer multas coercitivas a aquellas administraciones que no rindan cuentas. Así lo señaló Encabo durante su comparecencia, a petición propia, ante la Comisión de Hacienda de las Cortes para explicar las líneas principales de su mandato.
De esta forma, con el cambio normativo, según explicó Encabo, se establecerá la posibilidad de imponer multas coercitivas, en ningún caso sanciones, a aquellas administraciones que incumplan con su deber de colaboración o de rendir cuentas, después de los requerimientos del Consejo de Cuentas. Para ello, se tendrán en cuenta las circunstancias y motivos del incumplimiento y podrán tener efecto económico sobre sus responsables. En concreto, explicó que tras comprobar que 171 municipios nunca habían rendido cuentas se puso en conocimiento esto a los alcaldes y contestaron 64, mientras que otros 115 no dieron respuesta.
Esta nueva norma, de la que informó el presidente del Consejo de Cuentas, también incluye modificaciones en el ámbito de actuación. Así, se pretende que todo ente que esté financiado públicamente o controlado por un ente público pueda ser objeto de fiscalización, con independencia de su forma jurídica. Es decir, seguir el criterio comunitario ‘de influencia dominante’, no siendo solo trascendente si el capital mayoritario es público, sino también la designación de los miembros de los órganos de gobierno o por el control de los votos.
Asimismo, establece un plan anual de fiscalizaciones de aprobación por parte del Consejo, que podrá modificarse a petición del órgano o de las Cortes y con ello se refuerza, defendió, “su independencia” en tanto en cuanto dejaría de ser el único órgano externo de control que no aprobara un plan anual. Del mismo modo, actuará sobre el alcance de la función fiscalizadora con la implantación de fiscalizaciones operativas y de gestión para poder analizar si los recursos públicos se gestionan con criterios de eficiencia y eficacia.
También en la futura norma, cuyo debate y aprobación se articulará en las Cortes ya que, según Encabo, esta es solo la visión del Consejo, se propone también que este órgano remita el informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad en el plazo de un año desde su rendición, es decir, se tendría que anticipar esta rendición al 30 de junio, debido a lo cual habría de modificarse la Ley de Hacienda de la Comunidad. Además, el Consejo asume examinar las cuentas de las entidades locales en seis meses desde la fecha límite de su recepción.
Además, se articula en la propuesta del Consejo el deber de colaboración en un doble ámbito. Así, tendrán que cooperar los órganos, entidades, personas físicas o jurídicas sujetos a fiscalización, proporcionando cuanta información se les requiere.
Al mismo tiempo, Encabo entiende que para prestar un mejor servicio se establecerán tres nuevos tipos de dictámenes, que tendrán carácter anual, y que se dividen en aquellos que expondrán las modificaciones normativas que se proponen para la mejora de la gestión pública, de acuerdo con los informes aprobados; verificar el seguimiento de las recomendaciones recogidas en los informes de las fiscalizaciones realizadas por mandato legal; e informar de la situación económico-financiera de los entes del sector público de la Comunidad no sometidos a la contabilidad pública, así como de las diputaciones y de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes sobre las cuentas rendidas.
También existen modificaciones sobre la regulación de las comparecencias. Así, se articula que su presidente comparezca ante el órgano de las Cortes dentro de los tres meses siguientes a su nombramiento y se limita a dos meses el periodo entre la remisión de los informes de fiscalización y su presentación ante las Cortes.
Nuevos tiempos
El presidente del Consejo de Cuentas defendió estos cambios en la normativa en la necesidad de “adaptarse a los nuevos tiempos” para reforzar la transparencia, para desarrollar una gestión austera y para imprimir una mayor agilidad a los trabajos. “No podemos ser inmovilistas”, apostilló.
Además, defendió la importancia del mantenimiento de este órgano fiscalizador, que además forma parte de toda Europa, y aclaró que su mantenimiento no solo se justifica en el carácter legal basado en su respaldo estatutario, sino por la utilidad que aporta a la sociedad, “por su capacidad de dar respuesta a las inquietudes que tienen los ciudadanos para conocer de modo veraz, objetivo y riguroso cómo se gestionan los recursos públicos”.
“Esta clase de órganos de control externo ha de estar al servicio de la sociedad y adaptarse a sus demandas que hoy en día requieren más transparencia, austeridad, eficacia y eficiencia del conjunto del sector público”.
Además, defendió la utilidad de estos órganos y negó que existan duplicidades con el control ejercido por el Tribunal de Cuentas. Según explicó Jesús Encabo, en la última década el Tribunal solo ha llevado a cabo tres informes en Castilla y León, al tiempo que recordó que el Consejo llega a fiscalizar zonas que nunca han sido objeto del Tribunal, como entidades locales menores, ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes y otras entidades del sector público autonómico distintas de la Administración general.
No obstante, entendió que es preciso avanzar en la coordinación de ambos órganos y se mostró partidario de impulsar una reforma legislativa del control externo para “conseguir entre todos” una gestión más eficiente de los recursos públicos, a cuyo fin “habrá que delimitar mejor las competencias.