Continúan las restricciones sobre hostelería, romerías o procesiones

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El Boletín Oficial de Castilla y León del 27 de agosto recoge las medidas restrictivas que se mantendrán vigentes hasta el 13 de septiembre para contener el coronavirus.

Incluyen la prohibición del consumo en barra y de pie y el cierre de los establecimientos de ocio a la 1.30 horas, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de la una de la madrugada. “Si bien es cierto que el avance progresivo de la vacunación en Castilla y León, y, en particular, de la franja de edad de las personas comprendidas entre 12 a 30 años, unido a la eficacia de las medidas sanitarias que se están adoptando, está permitiendo alcanzar progresivamente una situación epidemiológica más controlada en Castilla y León, a la vista de los datos epidemiológicos actuales y en tanto en cuanto no se concluya el proceso completo de vacunación con dos dosis de vacuna respecto de este grupo de edad unido al período estival y a las tradiciones sociales y culturales de esta época del año, todo ello aconseja mantener las medidas especiales durante catorce días más”, subraya la Orden recogida por Ical.

Para combatir el botellón, la Junta también prorroga el cierre de los parques y espacios asimilados delimitados y susceptibles de cierre desde la medianoche y las siete de la mañana, y pide que se refuercen los controles para impedir el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos. También se prorroga el cierre de las discotecas y salas de fiesta para consumo en el interior del local, si bien podrán permanecer abiertas siempre que el consumo se realice en terrazas, donde se desarrollará en las mismas condiciones que el resto de establecimientos de hostelería y restauración.

A su vez, los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento como pubs, karaokes, bares especiales y otros, también mantendrán como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 1.30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de la una. En este caso, el consumo dentro del local tampoco se podrá efectuar en barra o de pie, salvo para pedir y recoger la consumición, y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, con un máximo de diez personas. En todo caso, podrá procederse a la apertura de las terrazas al aire libre de estos establecimientos, en las mismas condiciones que el resto de las terrazas de establecimientos de hostelería.

Entre las restricciones prorrogadas también se establece que las peñas deben estar cerradas y se indican una serie de pautas para la celebración de actuaciones musicales, verbenas, bailes públicos y similares en espacios públicos, incluidos los llamados pasacalles deberá realizarse. Así, se señala que deberán realizarse en espacios cerrados, con el público sentado, con uso de mascarilla, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

Romerías y procesiones

En cuanto a la celebración de procesiones y romerías, deberán realizarse en recinto acotado; su aforo máximo será del 75 por ciento con un límite máximo de 1.000 personas al aire libre; los asistentes deberán estar sentados, manteniendo un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

Las personas asistentes deberán portar mascarilla si no es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal. No se permitirán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.

Recomendaciones

En cuanto a las recomendaciones para todo el territorio de la Comunidad, se aconseja limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable. Se plantea además reducir el aforo máximo en piscinas al aire libre al 75 por ciento y en piscinas cubiertas al 50 por ciento, y se aconseja adelantar el horario de cierre en una hora al habitualmente establecido. Las limitaciones se plantean también para el acceso a playas fluviales y lacustres a partir de las 20 horas.

La Junta también recomienda desarrollar actividades teatrales en vías o espacios públicos con el público sentado y con un límite de aforo de cien personas al aire libre, y no beber ni consumir alimentos durante la celebración de los citados espectáculos.

Otro de los consejos se refiere a desarrollar actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil. Así, cuando estas actividades se desarrollen al aire libre, se recomienda un aforo del 75 por ciento de su asistencia máxima habitual, con un máximo de 200 participantes incluyendo los monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, se recomienda un aforo del 75 por ciento de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 1ien participantes incluidos los monitores. Asimismo, se recomienda que las actividades se realicen en grupos inferiores a las 14 personas participantes, incluidos los monitores correspondientes.

Por último, se recuerda que es obligatorio el uso de la mascarilla en cualquier espacio al aire libre cuando no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las personas, salvo grupos de convivientes.

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