Ayudas para la adaptación de instalaciones y receptores vía satélite afectados por el apagón de la TDT en formato SD

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La Junta de Castilla y León ha publicado la convocatoria de la línea de ayudas puesta en marcha para que los castellanos y leoneses del medio rural que se han visto afectados por el apagón de la TDT en formato estándar (SD), “establecido por el Gobierno de España para el pasado 14 de febrero”, según ha recordado la consejera de Movilidad y Transformación Digital, María González Corral, adapten sus instalaciones y receptores para volver a disponer de este servicio.

Estas subvenciones, que pueden llegar hasta los 400 euros por vivienda y dan cumplimiento al compromiso adquirido por el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, el pasado mes de febrero, van dirigidas “a los ciudadanos residentes en aquellas zonas de la Comunidad que acceden al servicio de televisión digital vía satélite”, y cubren los gastos efectuados tanto en la adquisición de nuevos decodificadores como en la instalación, en su caso, de la antena parabólica y el cableado necesario para recibir correctamente la señal en formato de alta calidad (HD), “siempre que se hayan realizado entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024”, ha señalado.

¿CÓMO OPTAR A LAS AYUDAS?

Para poder optar a estas ayudas, compatibles con cualquier otra para este fin, es necesario que la compra o contratación se lleve a cabo a través de un distribuidor autorizado, “cuyo listado puede consultarse en el portal nacional SAT TDT”, ha aclarado González Corral, para garantizar que las instalaciones se hacen dentro de las zonas con carencias de cobertura de TDT y que los receptores son los homologados por la plataforma nacional, validando y activando previamente su número de serie.

Las solicitudes podrán realizarse a partir de hoy de forma electrónica conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Tramita Castilla y León) y también podrán formalizarse presencialmente en cualquiera de los registros y lugares previstos en la normativa, hasta el próximo 30 de junio de 2024. Deberán ir acompañadas de NIF/NIE en vigor y certificado de empadronamiento (sólo si no se quiere que la Administración los obtenga directamente), factura de pago y documento acreditativo del mismo.

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