La Junta ha recibido 25.986 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes 16 de marzo hasta las 14 horas de hoy martes, día 31, en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 144.441 trabajadores en la Comunidad.

A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:

– Ávila: 1.596 ERTEs y 6.172 trabajadores.
– Burgos: 3.764 ERTEs y 25.505 trabajadores.
– León: 5.228 ERTEs y 18.778 trabajadores.
– Palencia: 1.510 ERTEs y 6.980 trabajadores.
– Salamanca: 3.344 ERTEs y 11.563 trabajadores.
– Segovia: 1.807 ERTEs y 7.795 trabajadores.
– Soria: 1.012 ERTEs y 5.490 trabajadores.
– Valladolid: 5.635 ERTEs y 24.264 trabajadores.
– Zamora: 1.745 ERTEs y 6.026 trabajadores.
– Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 345 ERTEs y 31.868 trabajadores.

 

NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:
– Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.
– La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.
– El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.