hacer la declaración de la Renta

Todos aquellos interesados en recibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) podrán iniciar los trámites a partir de este lunes, día 15 de junio, fecha en que se abre el plazo para solicitar esta nueva prestación. No obstante, como la medida entró en vigor el 1 de junio, todos aquellos que presenten sus solicitudes hasta el 15 de septiembre y resulten beneficiarios podrán cobrarla con carácter retroactivo desde el primero de este mes.

Según las estimaciones del Gobierno, el IMV beneficiará a unos 850.000 hogares y a 2,3 millones de personas, de los que el 30 por ciento son menores. Es decir, 690.000 niños y adolescentes resultarán beneficiados.

El IMV se concederá de oficio para todos los que ya están cobrando prestaciones por hijo a cargo, con lo que unos 76.000 hogares -mas de 255.000 personas- empezarán a percibirla este mismo mes, sin tener que hacer ningún trámite.

La nueva ayuda parte del concepto de ‘renta garantizada’ que se ha estimado en 462 euros para un adulto solo y que se elevará hasta los 1.015 euros como máximo, en función de los miembros del hogar. Contempla un aumento de 139 euros por cada conviviente, así como un suplemento de 100 euros al año para las familias monoparentales.

La Seguridad Social abonará al beneficiario la diferencia entre dicha ‘renta garantizada’ y sus ingresos efectivos, puesto que esta prestación sí será compatible con sueldos bajos y otras ayudas sociales. Se trata así de evitar el «efecto trampa de la pobreza», para que nadie «tenga que elegir» entre un sueldo muy bajo y esta prestación.

El Gobierno espera que el IMV permita «salir de la pobreza extrema» a 1,6 millones de personas, mientras que 700.000 abandonarán situaciones de pobreza alta y moderada. La renta mínima garantizada al año para un hogar rondará los 10.600 euros, lo que supone que un adulto que obtenga el IMV percibirá 4.400 euros al año de media. En total, el IMV representará un gasto de 3.000 millones de euros anuales cuando esté a pleno rendimiento.

Requisitos

Para recibir la prestación, los solicitantes deberán tener entre 23 y 65 años, salvo que haya menores a cargo, y acreditar residencia legal y efectiva en España de forma ininterrumpida durante al menos un año antes de la solicitud. Se quedan fuera, por tanto, los migrantes en situación irregular, excepto si son víctimas de violencia de género, de trata o de explotación sexual.

Además de la tipología del hogar, las cuantías de esta ayuda dependerán de la renta y del patrimonio familiar, excluida la vivienda habitual.

En principio, podrán acceder a ella las personas que en su declaración de la renta de 2019 acrediten no llegar a la Renta Mínima Garantizada. Sin embargo, aquellas que hayan visto caer sus ingresos más de un 50 por ciento en 2020, podrán solicitarla aportando una Declaración Responsable.

País Vasco y Navarra se ocuparán de su gestión, ya que recaudan sus propios impuestos, mientras que en el resto del territorio dependerá de la Seguridad Social y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

La nueva ayuda se podrá pedir a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Será posible también presentar solicitudes a través de los ayuntamientos, una vez se firmen los convenios previstos, así como en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social, cuando estos retomen la atención al público.

Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se han puesto en marcha un teléfono 900 202 222 y un simulador en la página web de la Seguridad Social. También se pueden consultar dudas a través de un asistente virtual.