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La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) estima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por un acusado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Segovia, en fecha 28 de septiembre de 2022.

Se revoca la resolución judicial, en el sentido de dejar sin efecto “la condena del acusado apelante como cómplice de los delitos de trata de seres humanos y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (inmigración ilegal), del que se le absuelve libremente con todos los pronunciamientos favorables”.

La condena

La Audiencia Provincial de Segovia le condenó, como cómplice de un delito del art. 171 bis 1.b y 3 del Código Penal a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y como cómplice de un delito del art. 318.1 del Código Penal a la pena de cuatro meses de multa con cuota diaria de seis euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de liberta por cada dos cuotas impagadas. Absolviéndole del resto de acusaciones.

En el auto se recuerda, como hechos probados, que fueron cambiados de la primera versión, procedían a captar mujeres vulnerables tanto social como económicamente, mediante engaño y/o aprovechamiento de su situación, les facilitaban el viaje a España, para finalmente, destinarlas al ejercicio de la prostitución y al pago de la deuda que contraían con ellos por haberlas traído a España.

Una testigo protegida acusaba a esta mujer por haberle pedido el pago de una deuda de 3.500 euros, y le trasladó en su coche particular. La testigo hizo varios pagos pero se le llegó a decir que “se la podía vender a otra persona”.

El acusado, ahora absuelto por el TSJCyL, se le acusaba de enviar dinero, en 2018, pero “sin que conste probado que lo hiciera para sufragar las operaciones de envío de mujeres a España con fines de explotación sexual”.

 

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