Absuelto en Segovia por falta de pruebas un hombre acusado de agredir sexualmente y maltratar a su expareja
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La Audiencia Provincial de Segovia ha absuelto a un hombre al que el Ministerio Fiscal y la acusación particular atribuían varios delitos de agresión sexual, lesiones, amenazas y maltrato habitual contra su expareja. El tribunal considera que las pruebas presentadas durante el juicio «no eran suficientes» para superar la presunción de inocencia del acusado y, por tanto, para demostrar su culpabilidad.
La sentencia señala que no ha quedado acreditado que el hombre insultara a su expareja durante la relación, con expresiones como «gorda, niñata y estúpida», ni que la amenazara con difundir fotografías de ella desnuda o en situaciones comprometidas.
Tampoco considera probado que el acusado agrediera físicamente a la mujer tras una discusión relacionada con el hecho de que esta fumara, ni que mantuviera relaciones sexuales con ella por vía anal sin su consentimiento ese mismo día. Del mismo modo, considera que no se ha podido demostrar que, a finales de agosto de 2024, la empujara, la agarrara de las manos y la penetrara vaginalmente sin su consentimiento, provocando además que se golpeara la cabeza contra una roca.
La resolución judicial tampoco considera acreditado que el hombre mantuviera una conducta de control sobre su expareja. En concreto, no se ha podido demostrar que le exigiera las contraseñas de su teléfono móvil para revisar sus conversaciones, que le pidiera constantemente su ubicación o que la llamara de forma insistente cuando salía con sus amigas.
Entre los motivos que llevan a la absolución, la Sala señala la falta de pruebas objetivas que respalden las acusaciones, la insuficiente concreción de algunos de los hechos relatados y las dudas sobre la autenticidad y fiabilidad de determinadas pruebas aportadas durante el procedimiento. Además, el tribunal considera que parte de los hechos recogidos en la acusación excedían de los que se habían establecido previamente en el auto de procesamiento. En consecuencia, aplica el principio de presunción de inocencia y acuerda levantar todas las medidas cautelares que estaban vigentes contra el acusado.


