El Ayuntamiento de Segovia ha recordado mediante una carta a los propietarios de fincas no urbanizadas, rústicas o urbanas dentro del casco urbano, la obligación de conservar esos espacios como regula la Ordenanza Municipal de Parques y Jardines. Se les indica que están obligados a controlar el crecimiento de la vegetación de manera que no suponga un elevado riesgo de incendio, así como a mantener las parcelas limpias y en un estado estético que no implique alteración o deterioro del paisaje. Todo ello deben hacerlo antes del 30 de junio, en cumplimiento de la ORDEN FYM/542/2014, de 20 de junio,  en la que se fija como época de peligro alto de incendios en la Comunidad de Castilla y León, del 1 de julio y el 30 de septiembre.

A partir del 1 de julio los técnicos municipales realizarán inspecciones a estas fincas, de manera que aquellos propietarios que no cumplan con su obligación serán requeridos por el Ayuntamiento mediante la pertinente Orden de Ejecución. Incumplida ésta, se les impondrán multas coercitivas mensuales hasta que se ejecuten los trabajos requeridos para la conservación de las fincas, así como sanciones de entre 301 y 1.500 euros si no se llegan a ejecutar, lo que se considera una infracción grave de la Ordenanza Municipal.

Además, en el supuesto de no llevarse a cabo la orden de limpieza, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria y el importe de la misma recaerá en la propiedad. El Ayuntamiento insiste en la necesidad de que los propietarios de parcelas y solares presten la debida atención a estas tareas de limpieza, actuaciones que deben realizarse de forma periódica para evitar la intervención municipal. En estos momentos, existen 82 fincas registradas a cuyos propietarios el Ayuntamiento ha enviado la carta a modo de recordatorio de sus obligaciones.

Foto: Finca no urbanizada en Segovia/Comunicación Ayuntamiento de Segovia