multas por dañar el patrimonio de Segovia

Aprobadas las nuevas multas por dañar el patrimonio de Segovia. El Ayuntamiento de Segovia aprueba una pionera modificación de su Ordenanza de Convivencia Ciudadana para proteger el patrimonio.

El pleno del Ayuntamiento de Segovia dio luz verde por unanimidad este viernes, 30 de diciembre, a una pionera modificación de su Ordenanza de Convivencia Ciudadana. El objetivo es «tipificar nuevas conductas encaminadas a proteger el patrimonio histórico de la ciudad».

De esta manera, el Consistorio se enfrentará a los actos vandálicos, no solo referidos a monumentos concretos. También contempla todos los edificios histórico-artísticos que se incluyan en el ámbito declarado como Ciudad Vieja. Y, por supuesto, al  Acueducto incluido en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO.

Sanciones

Con esta modificación, se sancionará con multas de entre 1.500,01 a 3.000 euros las infracciones muy graves. Serán aquellas que atenten contra el espacio urbano por realizarse sobre monumentos histórico-artísticos, edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente o edificios ubicados dentro del ámbito declarado como “Ciudad Vieja de Segovia y su Acueducto” incluido en la lista de Patrimonio Mundial por la UNESCO.”

La medida tomada por el Ayuntamiento cumple además con la Ley de Procedimiento Administrativo. Con esta norma se invita a las administraciones púbicas a no generar más normativa que en este momento existe.

A tener en cuenta

Se añaden nuevos puntos como la prohibición de depositar o lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico. También se incluye el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente. Además, se prohibe introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia. Y, a mayores, se prohibe tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo. Por supuesto, el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.

Infracciones graves

Tendrán la consideración de hechos graves, y se sancionarán con multas de entre 750,01 a 1.500 euros, la realización de operaciones de reparaciones y mantenimiento de vehículos cuando se haya vertido directamente cualquier tipo de residuo a los espacios públicos.

También la colocación de macetas u otros objetos sin la protección adecuada en las ventanas o balcones visibles desde la vía pública cuando se haya producido un riesgo concreto a las personas que transitan por los espacios públicos.

Asimismo, el depósito de cualquier tipo de objeto o residuo orgánico o inorgánico sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.

Queda incluida la introducción de papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia.

Y, por último, depositar junto al Acueducto, aún de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares, sin autorización municipal.

Infracciones muy graves

Por otro lado, tendrán la consideración de infracciones muy graves, y serán sancionados con multas de entre 1.500,01 a 3.000 euros, el lanzamiento de cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico.

También se considera muy grave el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.

Igualmente, tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.

Es tipificado como muy grave el acceso a la parte superior del Acueducto. Así como el acceso al canal desde el desarenador de San Gabriel hasta el final del monumento en el interior del Recinto Amurallado.

Además, así se contempla como muy grave, escalar, subir, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar en el Acueducto, sin autorización municipal.

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