La Junta ha recibido 21.357 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes, 16 de marzo, hasta las 14 horas de hoy jueves, día 26, en el contexto de estado de alarma decretado por el coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 112.170 trabajadores en la Comunidad.

A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:

– Ávila: 1.197 ERTEs y 4.748 trabajadores.
– Burgos: 2.687 ERTEs y 14.505 trabajadores.
– León: 4.421 ERTEs y 15.578 trabajadores.
– Palencia: 1.282 ERTEs y 5.939 trabajadores.
– Salamanca: 2.899 ERTEs y 10.387 trabajadores.
– Segovia: 1.616 ERTEs y 7.143 trabajadores.
– Soria: 901 ERTEs y 5.069 trabajadores.
– Valladolid: 4.613 ERTEs y 19.168 trabajadores.
– Zamora: 1.521 ERTEs y 5.277 trabajadores.
– Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 220 ERTEs y 24.356 trabajadores.

 

NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:

– Las Oficinas Territoriales de Trabajo de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.

– La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.

– El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.