Europa cambia los envases. Nuevas normas y fechas de aplicación
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Todos conocemos la experiencia de beber de una pajita de cartón o de golpearnos la cara con el tapón de la botella de plástico que no se separa. Estos cambios fueron introducidos por la Unión Europea, y parece que ya nos hemos acostumbrado a ellos. Sin embargo, la regulación que ya entró en vigor hace más de un año, continuará introduciendo cambios en los envases.
Aplicación del nuevo reglamento europeo de envases
Si bien, como hemos adelantado, la regulación entró en vigor el 11 de febrero de 2025, es en este mes de agosto cuando se ha comienzado a aplicar de forma general y obligatoria. Estos cambios vendrán seguidos de otros muchos a lo largo de los años venideros. A continuación te lo explicamos.
Todos los envases deberán ser reciclables
El Reglamento establece que todos los envases que haya en el mercado deberán ser reciclables. Para que dichos envases se ajusten a la norma, tendrán que cumplir con una serie de características en su diseño. Para empezar, sus materiales deberán poder sustituir a nuevas materias primas después del reciclaje. Además, sus componentes deberán poder separarse y clasificarse correctamente. Finalmente, el envase deberá poder reciclarse con garantías en el momento en que se convierta en residuo.
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), «ya debería bastar con que el envase sea técnicamente reciclable: también será necesario que exista un sistema que permita recogerlo, separarlo y reciclarlo de forma efectiva«, algo que en OCU llevan tiempo pidiendo.
Límites a los PFAS en los envases alimentarios
La primera acción, establecida desde el 12 de agosto de 2026, consiste en la prohibición de la venta de envases fabricados para estar en contacto con alimentos que, en su composición, superen determinados límites de sustancias PFAS. Los PFAS son un amplio grupo de sustancias químicas. Estas son muy persistentes, y se utilizan para hacer que algunos envases resistan a la grasa o el agua. Estos se pueden encontrar Pueden encontrar en algunos envoltorios de comida rápida o envases para alimentos preparados y suponen un grave problema de contaminación porque se acumulan en el medioambiente.
La obligación afecta a los envases a partir de esa fecha. Los que se hayan comercializado anteriormente podrán seguir vendiéndose.
El tupper regresa
A partir del 12 de febrero de 2027, cuando pidas comida o bebida para llevar en un establecimiento de hostelería o restauración, estos deberán permitirte utilizar tu propio recipiente. Además, el empleo de esta medida no podrá afectar al precio o al servicio de la comida.
Muy ligado al uso del tupper o termo, desde el 12 de febrero de 2028, los establecimientos deberán ofrecer también la posibilidad de recibir la comida o la bebida en un envase reutilizable integrado en un sistema de reutilización.
Los envases desechables no desaparecerán completamente, pero los consumidores podrán contar con alternativas para no utilizarlos.
Un nuevo etiquetado, común y de fácil identificación
A partir del 12 de agosto de 2028, o 24 meses después de la entrada en vigor del acto europeo que determine sus características; se establecerá un nuevo etiquetado en los envases. Este será común y permitirá conocer los materiales y el modo de separación y reciclaje del mismo.
Asimismo, los pictogramas estarán presentes en los contenedores de residuos; e incluirán información del envase relacionada con su composición, reutilización y reciclaje.
Nuevos envases que deberán ser compostables
Esta medida, que se aplicará a partir del 12 de febrero de 2028, indica que algunos envases que se suelen desechar junto a residuos orgánicos deberán ser compostables. La lista incluye: las bolsitas de té; determinados formatos monodosis de café u otras bebidas; y las etiquetas adhesivas colocadas en frutas y hortalizas.
De esta manera, el usuario podrá deshacerse de estos elementos junto a los residuos orgánicos que los acompañan de manera más sencilla.
Los monodósis de restaurantes y hoteles desaparecerán
El 1 de enero de 2030, restaurantes y cafeterías no podrán ofrecer determinados envases individuales de un solo uso, independientemente de que estén fabricados con plástico u otros materiales. Ejemplos de este tipo de envases son los sobres o monodosis de kétchup, mayonesa y otras salsas; azúcar, leche o crema para el café; aceite, vinagre y aliños.
No obstante, habrá en determinados casos de excepción a esta regla, como aquellos que cuenten con motivos de higiene o seguridad médica.
En hoteles y otros alojamientos también deberán desaparecer los pequeños envases de un solo uso de champú, gel, jabón y otros productos de aseo. Estos, deberán sustituirse por dispensadores o sistemas recargables.
Disminución de bolsas, envases y embalajes a partir de 2030
A partir el año 2030 se aplicarán restricciones en determinadas bolsas de plástico, como las muy ligeras que suelen ofrecerse para frutas y hortalizas. No obstante, se mantendrán para determinados usos relacionados con la higiene o la prevención del desperdicio alimentario.
Los envases de un solo uso para muestras gratuitas también se prohibirán cuando no cumplan una función necesaria de protección del producto.
Los envases de los productos, ademas, deberán modificarse con el objetivo de que utilicen la menor cantidad posible de material; así como tener el mínimo peso y volumen necesario para albergar y proteger el producto.
Como regla general, el espacio vacío no podrá superar el 50 por ciento del embalaje.

