La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha hasta el próximo día 20 una campaña especial de vigilancia y concienciación sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias psicoactivas y la conducción, en una época del año en el que el consumo de alcohol y de otras drogas aumenta debido a las comidas y cenas navideñas.
Durante esta semana, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) intensificarán los controles sobre este factor de riesgo causante de casi un tercio de los accidentes mortales. Para ello, se establecerán unos 840 puntos de control en todo tipo de carreteras de Castilla y León, a cualquier hora del día.
Se pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas. Con el objetivo que la campaña se generalice también en las vías urbanas, Tráfico ha invitado a los ayuntamientos para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos cascos urbanos. Con este tipo de campaña se quiere crear una mayor concienciación entre los conductores de que no solamente el alcohol y la conducción es un binomio peligroso, sino que también las drogas y la conducción son en numerosas ocasiones sinónimas de muerte.
El último estudio de prevalencia de consumo de sustancias psicoactivas elaborado por la DGT durante el año 2013 concluye que conducir después de haber consumido sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España, alcanzando a doce de cada cien conductores. Esta estadística tienen su reflejo en el día a día, donde más de 5.500 conductores, en los que va de año, han dado positivo en los controles de alcohol y drogas que los agentes de la ATGC han realizado en vías interurbanas. A estas cifras hay que sumar la de los controles que realizan las distintas policías locales y autonómicas en su ámbito de actuación.
Según la memoria anual del Instituto Nacional de Toxicología, el 39,09% de los conductores fallecidos y analizados (614) por dicho organismo tenían presencia en sangre de alcohol, drogas o psicofármacos. En el caso de los peatones analizados (173), este porcentaje asciende al 40%.
Normativa y sanciones
La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. El capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas. Todos los informes, estudios y estadísticas de las que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo objetivo que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier sustancia psicoactiva se pongan al volante.
Por este motivo, la última reforma de la Ley de Seguridad Vial en mayo de 2014 contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€. Esta misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.