El Gobierno ha decidido limitar a sólo dos años la ultraactividad de los convenios colectivos, de manera que una vez pasado ese tiempo desde el fin de su vigencia, dejarán de aplicarse. Así lo anunció hoy la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde añadió que la reforma laboral, aprobada como real decreto, generalizará la indemnización por despido de 33 días por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades, aunque “respetando los derechos adquiridos por los trabajadores”.
No obstante, una vez entre en vigor la reforma, la indemnización de todos los trabajadores con contrato indefinido será de 33 días. Es decir, cuando se tenga que calcular la indemnización por despido, un ocupado con contrato ordinario -hasta ahora de 45 días- percibirá 45 días por cada año trabajado hasta la actualidad, con un límite de 42 mensualidades, y 33 días por año por el tiempo que pase desde la entrada en vigor de la reforma, hasta 24 mensualidades.
Además, en los casos de expedientes de regulación de empleo (ERE) se eliminará la autorización administrativa previa. También se aclaran las causas económicas que justificarían un despido procedente, incluyendo, no sólo la previsión de pérdidas, sino también una caída “persistente” de sus ingresos.
En concreto, el texto dice que “se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresas se desprenda una situación económica negativa en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas”. “En todo caso”, continúa el texto de la reforma, “se entenderá que la disminución es persistente si se producen durante tres trimestres consecutivos”.
“Frenar la sangría”
Báñez apuntó que los objetivos de la reforma son “frenar” a corto plazo “la sangría” de destrucción de empleo, poner la base para el crecimiento estable del mercado de trabajo, aportar por el empleo de calidad, impulsar mecanismos de flexibilidad interna en las empresas, modernizar la negociación colectiva y reconocer el derecho individual de los trabajadores a la formación”.
Asimismo, las medidas aprobadas por el Ejecutivo buscan mejorar las posibilidades de colocación de los jóvenes y los parados de larga duración, aumentar la colaboración público-privada en la búsqueda de empleo, apoyar a los autónomos y las pymes, reforzar los mecanismos de control y prevención del fraude en el cobro de las prestaciones y combatir el absentismo laboral injustificado.
En el ámbito de mejorar la flexibilidad interna en las empresas, la reforma permitirá a los empresarios modificar las funciones de los empleados dependiendo de las necesidades de la empresa, así como cambiar su jornada, el horario, el sistema de rendimiento e incluso el salario.
Además, se establece la prioridad en su aplicación de lo establecido en el convenio de empresa frente al sectorial, “en línea”, según la ministra, de lo acordado por las organizaciones sindicales y empresariales. Así, se “facilitará” a las empresas en dificultades que no tengan que aplicar el convenio de ámbito superior.
No obstante, se mantiene la necesidad de alcanzar un acuerdo con la representación de los trabajadores para llevar a cabo el descuelgue de los convenios. En caso de que no haya acuerdo, la reforma establece que se buscará una solución extrajudicial al conflicto y, si así lo pactan las partes, a un arbitraje.
No obstante, si se mantiene el desacuerdo, el empresario podrá acudir a la Comisión Nacional de Convenios Colectivos o al órgano también tripartito pero de otro ámbito territorial, y entre las tres partes se nombrará un árbitro que será el que decida.
Nuevas bonificaciones
La reforma establece también una reorientación de las bonificaciones, estableciendo un incentivo de hasta 3.600 euros a la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años, y de hasta 4.500 euros en el caso de los parados de larga duración mayores de 45 años.
Por otro lado, la reforma laboral adelantará la recuperación del límite a la encadenación de contratos temporales. Cuando el anterior Gobierno, en agosto de 2011, eliminó este límite, estableció un periodo de no aplicación de dos años.
Sin embargo, el Ejecutivo que preside Mariano Rajoy ha decidido acortar ese periodo y volverá a aplicarse este límite a partir del 31 de diciembre de este año.
La reforma modifica también el contrato estable a tiempo parcial, para dotarlo de una mayor flexibilidad, y recoge la regulación de la figura del teletrabajo.
Preguntada sobre qué razones puede tener ahora un empresario para hacer un contrato indefinido tras la entrada en vigor de la reforma laboral, la ministra apuntó que tienen “más seguridad jurídica” y el nuevo contrato para emprendedores.
Formación
También incluye modificaciones en el contrato para la formación y el aprendizaje, haciendo que la actual edad máxima de 30 años se mantenga hasta que la tasa de paro española baje del 15 por ciento.
Asimismo, tras el periodo de formación, el trabajador podrá utilizar esta modalidad de contrato en otros sectores y podrá recibir las actividades de formación en la propia empresa.
En cuanto a la creación del derecho individual a la formación profesional, la reforma recoge la creación de una cuenta identificativa, similar a la de la Seguridad Social, para facilitar los itinerarios personalizados.
Además, se establecerán 20 horas al año de formación para los trabajadores que estarán pagadas por el empresario y se creará un “cheque formación”. También habrá permisos retribuidos con fines formativos, y se permitirá a los centros y entidades de formación intervenir en el sistema de formación para el empleo.
Asimismo, la reforma permitirá a las empresas de trabajo temporal funcionar como agencias de colocación, para que “todo el que pueda ayudar a buscar un empleo, lo haga”.
Combatir el fraude
Por otra parte, la responsable de Empleo aseguró que en la reforma laboral se impulsará un mayor control y combatir la lucha contra el fraude. Así, se propone un Plan especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que garantice el cumplimiento estricto de la ley.
En concreto, se impulsará que los desempleados que estén cobrando la prestación realicen servicios de interés general en beneficio de la comunidad, a través de convenios de colaboración con las Administraciones Públicas.
También se recupera que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) sólo cubra parte de las indemnizaciones por despido en el caso de las pymes, y, para mejorar su control, ya no se vinculará el absentismo de un trabajador al de la media de su empresa, si no que sólo se tendrán en cuenta las ausencias del empleado.
Por último, se establece la posibilidad de que los parados menores de 30 años, o de 35 años en el caso de las mujeres, capitalicen el cien por cien de su prestación para iniciar una actividad como autónomos.