IU Segovia reclamó hoy que las inmatriculaciones de la Iglesia deben ser declaradas nulas, y que el patrimonio expoliado tiene que ser devuelto a la sociedad. El Gobierno central ha hecho pública la lista con los 34.961 bienes que fueron inmatriculados, es decir, inscritos por primera vez en el registro, por la Iglesia católica entre 1998 y 2015, con más de 400 en la provincia de Segovia.
La publicación de este listado, según comunicó el Ejecutivo, permitirá que puedan iniciarse procesos de reclamación por parte de particulares y administraciones, en caso de que haya conflictos en torno a su titularidad. Un listado con 407 bienes inmatriculados en Segovia con: 384 con título de certificación eclesiástica corresponden a la provincia de Segovia, de los cuales 30 están en la capital. Entre ellos figura la propia catedral, cuyos beneficios, al igual que ocurre con la mezquita de Córdoba, adquirida por apenas 30 euros en 2006, son gestionados por la propia Iglesia.
En la lista que se ha hecho pública no solo figuran iglesias, parroquias o ermitas, sino que en diversas localidades hay numerosas fincas rústicas y urbanas, viviendas, pinares, solares, edificaciones de diversa índole o labrantíos que son propiedad de la Iglesia a pesar de que poco tienen que ver con la actividad religiosa. De hecho, 14.947 de la totalidad de los bienes a nivel estatal son fincas con otros destinos, según la información publicada por el Ejecutivo.
En 2017, el grupo municipal de IU en el Ayuntamiento de Segovia presentó una moción para que el Consistorio recabara de los Registros de la Propiedad la lista de los bienes inmatriculados por la Iglesia en sus distintas denominaciones: diócesis, obispado, cabildo, etc. El fin de esta iniciativa era estudiar qué tipo de medidas podrían impulsarse para reclamar este patrimonio y que volviera a ser de dominio público.
En 1998, el Gobierno del Partido Popular, presidido por José María Aznar, modificó el Reglamento Hipotecario para permitir la inscripción de templos de culto en el Registro de la Propiedad, lo que hasta entonces no era posible por su naturaleza históricamente pública y por tratarse de bienes fuera del comercio. Ante la carencia de títulos de propiedad sobre los mismos, la jerarquía católica resucitó el uso de dos normas aprobadas durante el franquismo, en 1946 y 1947: los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario.
El primero equiparaba a la Iglesia con la Administración Pública, otorgándole el privilegio de acceder al registro de la propiedad sin necesidad de aportar título de dominio. El segundo artículo equiparaba a los diocesanos con notarios, de forma que podrían certificarse a sí mismos la propiedad de un inmueble no inscrito. A través de este procedimiento irregular, desde 1998 se han inmatriculado, sin aportar título alguno, miles de bienes en España de toda índole, 40.000 en palabras de la propia Conferencia Episcopal.
La invitación del Gobierno central a que cualquier persona física, jurídica o administración pública reclame por vía administrativa o por la vía de los tribunales la titularidad de estos bienes no es de recibo, ya que se estarían promoviendo miles de litigios judiciales, cuando lo lógico sería declarar nulas estas inmatriculaciones. «Cabe recordar que la Iglesia no es un organismo público que pueda dar fe para registrar todos estos bienes», detalló IU.
“La publicación de este listado evidencia una vez más una situación injusta con la que la Iglesia ha obtenido cuantiosos beneficios a lo largo de varios años, gracias a normas que incluso fueron en su momento reprobadas con dureza por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, explicaron desde IU, para añadir que “no se trata de una cuestión de índole religiosa, sino de recuperar un patrimonio expoliado a toda la sociedad, y que en gran parte ha sido mantenido y restaurado gracias a inversiones públicas”.