El Instituto municipal de Deportes –IMD- ya cuenta con nuevos Estatutos, texto aprobado por unanimidad de todos los grupos municipales en el pleno del pasado mes de abril y en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (14 de junio).
Los nuevos Estatutos, que derogan el anterior texto aprobado en el año 2006, recogen una nueva manera de entender esta entidad, dependiente del Ayuntamiento de Segovia, que realiza la gestión directa de las competencias municipales en materia de deporte.
En el diseño y la redacción del texto definitivo, fruto de meses de trabajo y de la implicación de todos los departamentos municipales coordinado por el Área de Deportes dirigido por el técnico de deportes de esta Concejalía, se recogen las aportaciones realizadas por los distintos miembros de la Junta Rectora del IMD.
El documento se estructura en una exposición de motivos y 40 artículos divididos en seis títulos.
El Instituto Municipal de Deportes, reza el texto, “tiene por fin último la promoción del derecho al Deporte en el municipio de Segovia, partiendo de la consideración de que el Deporte es un derecho de todas las personas, ya sea en su vertiente educativo-formativa, en su faceta recreativa, en el aspecto competitivo o como espectáculo”.
El título preliminar, de disposiciones generales, aborda la naturaleza y los principios esenciales de actuación del Instituto, entre los que destaca la unidad de actuación que debe reinar entre el Ayuntamiento y su Organismo Autónomo, y la estrecha relación entre ambos entes, a la vista de la naturaleza estrictamente pública de sus fines y competencias.
Este título recoge asimismo que las líneas estratégicas fundamentales y los principios de actuación del IMD se definirán en Planes Directores, proceso en el que se está trabajando con intensidad para contar en este año 2021, con un Plan Director del Deporte para el periodo 2022-2030.
A su vez, el texto anticipa el impulso modernizador que debe llevar a cabo la entidad para garantizar su funcionamiento íntegramente electrónico, en línea con la transformación digital en la que las administraciones públicas llevan años inmersas (eAdministración), y que en los próximos años tendrá un importante crecimiento.
En el ámbito del gobierno y la administración del IMD, se realizan ligeras modificaciones en las competencias de sus principales órganos de gobierno —Presidencia y Junta Rectora—, tratando de reforzar la seguridad jurídica en el ejercicio de cada una de ellas. Se recoge a su vez expresamente la figura del/la Coordinador/a del Instituto Municipal de Deportes, como titular de la dirección administrativa del IMD.
Asimismo, se recoge la posibilidad de crear órganos complementarios, como Consejos Asesores y Comisiones de trabajo, cuya función es básicamente asesorar a los órganos de gobierno, o trabajar en la implantación de proyectos que revistan cierta complejidad.
En el ámbito del patrimonio y la contratación, destaca la adscripción formal de las instalaciones deportivas municipales al IMD, para su gestión de acuerdo con sus fines institucionales, así como la posibilidad de realizar contrataciones conjuntamente con el Ayuntamiento para aprovechar mayores economías de escala, y racionalizar los recursos.
Por último, reviste especial relevancia el principio de asistencia mutua entre el Ayuntamiento y el IMD, de tal forma, que puedan emplearse en común medios materiales, técnicos y personales para garantizar el eficaz ejercicio de sus respectivas competencias, incidiendo de nuevo en la eficacia en la gestión de los recursos públicos y el servicio a la ciudadanía.
En definitiva, con esta reforma normativa se pretende reforzar el funcionamiento de esta entidad, cuyo servicio a los ciudadanos es esencial en la promoción de valores como la salud física y mental, la solidaridad mediante su práctica en grupo o en equipo, el desarrollo cultural y personal, la protección y el respeto al medio natural, favoreciendo a su vez la inserción social y canalizando el tiempo de ocio a actividades saludables.