Los ayuntamientos deberán controlar la contaminación acústica en sus municipios como prestación obligatoria para sus vecinos, según establece la nueva Ley del Ruido de Castilla y León, que fue expuesta a numerosos alcaldes de la provincia, en una jornada organizada por la Federación Regional de Municipios y Provincias (FRMP).

En la cita, que tuvo lugar en el salón de plenos de la Diputación de Segovia, se puso de manifiesto, como una de las conclusiones, que se debe ejercer un control de la contaminación acústica como prestación obligatoria para defender los intereses vecinales frente a las molestias que pueden causar todo tipo de actividades potencialmente generadoras de ruidos.

La Ley del Ruido entró en vigor en agosto de 2009, según indicó el coordinador de las jornadas, Elías Arribas, quien añadió que esta normativa tiene como objetivo “controlar el nivel de las molestias que pueden causar la realización de obras, actividades de carga y descarga, el reparto, los establecimientos de hostelería o las edificaciones”.

Para ello, la ley incorpora nuevas medidas, como la declaración del control del ruido “como un servicio de prestación obligatoria para las administraciones autonómicas, provinciales y locales y su aplicación a todos los emisores acústicos públicos y privados, así como a las edificaciones, incluidas las actividades domésticas, que la normativa estatal no contempla hasta el momento”.

Otra de las novedades de la Ley del Ruido se refiere a la reducción de 100.000 a 20.000 habitantes el volumen de población de los municipios en los que debe realizarse mapas de ruido y planes de acción como principal herramienta para su control. Además se recogen los criterios para otorgar licencias de primera ocupación y la obligación de que los proyectos de edificación incorporen estudios acústicos de la zona; y obliga a bares musicales y similares a instalar sistemas de iluminación y control del ruido, limitando el nivel acústico de los locales a 95 decibelios.

 

 

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