La ORDEN FYM/510/2013, de 25 de junio de 2013, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León, indica que se podrá autorizar la quema de restos vegetales, previa autorización expresa del Servicio Territorial de Medio Ambiente o previa comunicación en determinados casos. La época de quema finalizó el pasado 15 de abril y no se iniciará otro periodo para realizarlas hasta el mes de octubre.
Durante la época hábil para llevar a cabo estas quemas autorizadas, los agentes medioambientales del Servicio Territorial de Segovia han realizado inspecciones en más de un centenar de quemas de restos vegetales que estaban autorizadas por la Junta de Castilla y León en la provincia, para comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas por la normativa para llevar a cabo estos fuegos.
En el desarrollo de estas labores de vigilancia y control, los agentes han interpuesto denuncia en los casos de uso de fuego irregular. Estos casos incluyen desde el incumplimiento de las condiciones generales para realizar una quema hasta quemas ilegales de residuos no vegetales, que constituyen una práctica totalmente prohibida y altamente contaminante.
Entre las denuncias tramitadas, en Matabuena, los agentes medioambientales sorprendieron a un vecino el pasado mes de abril realizando una quema sin respetar intencionadamente la distancia al arbolado y abandonando el fuego sin apagar, lo que produjo daños irreparables a unos fresnos centenarios; en Valleruela de Sepúlveda, los agentes sorprendieron a una persona que quemaba ‘a fuego corrido’ una superficie continua entre dos fincas agrícolas, lo que afecta directamente a la fauna y a la flora de la zona.
Asimismo, durante las inspecciones de quemas en materia de residuos, se denunció en Prádena a una empresa que quemaba enseres de madera, sofás y colchones; a un constructor en Basardilla quemando residuos de construcción; y a un vecino de Arcones incinerando diferentes materiales y residuos acumulados durante años en su finca.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta en Segovia hace un llamamiento a los ciudadanos para que cualquier tipo de residuo acumulado sea entregado a un gestor autorizado y para que cumplan las condiciones de quemas autorizadas de restos vegetales. También se insta a la población a que si descubren cualquier tipo de quema irregular lo pongan en conocimiento de los agentes de la autoridad de la zona.
Condiciones establecidas para las quemas autorizadas de restos vegetales
De acuerdo con las condiciones generales establecidas por la normativa, para realizar una quema autorizada es preciso formar un cortafuegos en el borde de la zona que se va a quemar, que en ningún caso será inferior a 2 metros si los terrenos colindantes están desarbolados, ni a 5 metros si están cubiertos de árboles de cualquier especie y edad; también hay que situar personal suficiente a juicio de los agentes medioambientales, para sofocar los posibles conatos de incendios, el cual estará provisto de útiles de extinción; no hay que iniciar la quema antes de salir el sol y hay que darla por terminada cuando falten 2 horas por lo menos para su puesta; se recomienda solicitar la realización de la quema en días laborables; no hay que abandonar la vigilancia de la zona quemada hasta que el fuego esté completamente acabado y hayan transcurrido 2 horas, como mínimo, sin que se observen llamas o brasas; no se debe quemar en días de fuerte viento; se deberán preservar de la quema los linderos con vegetación arbórea, arbustiva o subarbustiva; y, además el humo o pavesas procedentes de la quema no debe afectar a viviendas, naves u otro tipo de instalaciones colindantes, ni ocasionar falta de visibilidad en carreteras.
Por último, es preciso notificar, al menos con 24 horas de antelación, al agente medioambiental de la zona directamente o a través del Centro Provincial de Mando, cuyo número en segovia es el 921417230, la fecha exacta y hora de comienzo de la quema así como nombre y teléfono del responsable de la ejecución de la quema, que estará permanentemente comunicado con ellos. De igual forma se lo comunicará a los propietarios colindantes. El propio día en que se tenga intención de realizar la quema, y antes de iniciarla, el responsable de su ejecución se pondrá en contacto con los agentes medioambientales de la comarca que, tras comprobar las condiciones de humedad, temperatura y viento, darán el visto bueno al inicio, lo aplazarán o suspenderán la quema.
Cualquier daño o perjuicio que se produzca como consecuencia de la quema autorizada será responsabilidad del solicitante.