Cuando una persona empieza a estudiar la carrera de Derecho, lo primero con lo que se encuentra es con el intento teórico o doctrinal de definir qué es eso que todo el mundo llama “Derecho”. Como se pueden imaginar, hay tantas definiciones como personas se lo han planteado, asumiendo prácticamente todos ellos que es el conjunto de normas que rigen a la sociedad o el conjunto de normas que conforman los distintos ordenamientos jurídicos. Ya en el primer curso de Derecho se empieza a estudiar la Historia del Derecho y a través de esta asignatura vas aprendiendo lo que eran los Fueros y nos decían que contenían normas que se aplicaban o establecían en un determinado territorio y que tenían como finalidad establecer las bases que regían en ese ámbito; y, por tanto, lo que hacían era imponer normas, derechos y privilegios. Normalmente eran otorgados por el Rey o el Noble de la tierra y constituyeron una de las fuentes más importantes del Derecho español. Los fueros recogían las costumbres de cada localidad, además de los privilegios otorgados por los reyes a las mismas, así como el conjunto de disposiciones que preservaban la nobleza, el clero y el vasallaje de una zona.

No voy a seguir profundizando más en el tema del derecho y los fueros, porque no es el objeto de estas líneas, sino que quiero centrarme en lo que en estos momentos me importa e incluso me preocupa, que no es otra cosa que dejar muy claro lo que es un derecho y lo que es un privilegio.

Según la RAE, “Privilegio” (Del lat. privilegĭum) es la exención de una obligación o ventaja exclusiva o especial que goza alguien por concesión de un superior o por determinada circunstancia propia. Si acudimos a la Wikipedia, Privilegio (etimológicamente ley privada, o sea, no general sino relativa a un individuo específico) es el honor o el permiso para realizar una actividad garantizado por otra persona o gobierno.

La expresión “derechos”, en plural, hace referencia a aquello que se concede o reconoce (independientemente de que haya sido reivindicado o no por él) a una persona; a diferencia de Derecho, en singular, que, como ya he señalado, se refiere a la ciencia jurídica, al ordenamiento jurídico o a un sistema jurídico. La justificación del disfrute o ejercicio de los distintos derechos por cada uno de los sujetos que los detentan puede basarse en muy distintas circunstancias: el nacimiento, la herencia, la vecindad, la conquista, el trabajo, la reivindicación, la lucha…u otras. En este sentido, puede resultar un término difuso por ser muy utilizado en diversas situaciones o relaciones jurídicas: Por el contenido, objeto o sentido de lo reconocido o concedido e incluso por el titular o el eventual obligado.

Por otra parte, existen dos tipos de Estados claramente diferenciados y antagónicos; el Estado de Derecho y el Estado absolutista. Precisamente el Estado de Derecho se concibió como una respuesta al Estado absolutista cuya principal característica, precisamente, es la ausencia de libertades, la concentración del poder y la irresponsabilidad de los titulares de los órganos del poder. La Constitución francesa de 1791 incluyó en su artículo 16 la expresión que luego se convertiría en el dogma del constitucionalismo liberal: “Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no esté asegurada, ni se adopte la separación de poderes, carece de Constitución”.

Cada día oigo y leo en los distintos medios de comunicación y/o debates decir a determinadas personas expresiones tales como “tengo el privilegio de trabajar…”, “soy una de las personas privilegiadas que tengo trabajo”, “el que tiene trabajo es un privilegiado…”, “la educación es un privilegio…” o “la sanidad tiene que dejar de ser gratuita…es un privilegio que no podemos pagar”, “no podemos dar sanidad a todos, es un privilegio muy caro”…Y yo me pregunto, ¿la educación, la sanidad o el trabajo son privilegios? ¿La educación, la sanidad o el trabajo han dejado de ser derechos? ¿Quién ha decidido que la educación, la sanidad o el trabajo son privilegios y no derechos?

En un Estado democrático y de derecho deberíamos asustarnos solo con oír esas expresiones. No podemos convivir con ellas y debemos exigir nuestros derechos, pero ¿cuáles son nuestros derechos? No voy a enumerarlos todos, pero sí alguno de los establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos proclamada por la ONU en su resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, en su Asamblea General reunida en París. Ocho naciones se abstuvieron de votar, pero ninguna votó en contra. Hernán Santa Cruz, de Chile, miembro de la Subcomisión de redacción, escribió:

“Percibí con claridad que estaba participando en un evento histórico verdaderamente significativo, donde se había alcanzado un consenso con respecto al valor supremo de la persona humana, un valor que no se originó en la decisión de un poder temporal, sino en el hecho mismo de existir – lo que dio origen al derecho inalienable de vivir sin privaciones ni opresión, y a desarrollar completamente la propia personalidad. En el Gran Salón… había una atmósfera de solidaridad y hermandad genuinas entre hombres y mujeres de todas las latitudes, la cual no he vuelto a ver en ningún escenario internacional”.

Quiero, en particular, resaltar los tres derechos que en la actualidad se están poniendo en duda en España. Son muchos años de lucha, muchos años de esfuerzo, muchos años de conquistas, muchos años de sacrificios y muchos años de vida los que nos estamos jugando si permitimos que nuestros derechos se conviertan en privilegios. El primer derecho que quiero poner en valor es el que establece el Artículo 4 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando dice que “Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.” La dignidad de la persona se basa en dos derechos claros: su vida y su libertad, sin estos dos derechos el resto carecen de contenido.

DERECHO AL TRABAJO. Es importante recordar a los Gobiernos y a ciertos empresarios el artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que señala que toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, así como a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

No es un privilegio trabajar, es un derecho que todos tenemos que se complementa con la posibilidad de elegir y a obtener un salario digno. Miedo dan aquellas personas que manifiestan que tener trabajo es un privilegio, porque con este argumento o premisa inicial ya tienen la justificación necesaria para establecer jornadas inhumanas o salarios indignos. El trabajo es un derecho y no debemos admitir nunca que es un privilegio. El salario es un derecho y no una limosna que entrega caprichosamente el empleador. 

DERECHO A LA SANIDAD. El derecho a la sanidad, alimentación y prestaciones sociales son recogidos en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos al señalar que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. En España han desaparecido miles de médicos y sanitarios en los últimos dos años, las listas de espera van en aumento, hay personas a las que no se las atiende si no pagan con anterioridad y otras personas que deben salir en programas de televisión para conseguir dinero para una operación o cubrir su dependencia…es decir, retrocedemos a pasos agigantados. La salud es un derecho y no un privilegio, y el derecho a ser atendidos sanitariamente no es un privilegio, sino una conquista social irrenunciable. 

DERECHO A LA EDUCACION. Y, por último, el derecho a la educación está recogido en el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que señala que toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. Si despedimos profesores (23.000 en los últimos dos años), fomentamos la educación privada, suprimimos becas y ponemos tasas abusivas para estudiar, estamos estableciendo las bases para que este derecho se convierta en un privilegio. Todos tienen derecho al acceso a la universidad en igualdad de condiciones, lo demás será privilegios concedidos por el Estado.

En resumen, el derecho al trabajo, a la sanidad y a la educación, entre otros, son derechos inherentes a la dignidad humana y, por resultar necesarios para el libre desarrollo de la personalidad, son denominados Derechos fundamentales y son recogidos por las constituciones modernas asignándoles un valor jurídico superior. 

No es un privilegio otorgado por el Estado o el empresario el trabajar. No es un privilegio otorgado por el Estado el tener una sanidad. Y no es un privilegio establecido por el Gobierno de turno el poder estudiar y ser educado. Los tres, trabajo, sanidad y educación son derechos fundamentales inherentes a la dignidad humana y no son privilegios.

Cambiar la palabra derecho por la de privilegio es cambiar la palabra Estado de Derecho por la de Estado Totalitario, por mucho que lo queramos vestir de democracia. La pérdida de derechos supone dejarles en manos de nuestros gobernantes para que ellos decidan en cada momento cuándo los ejercen y cuándo les suprimen. Ni un paso atrás. En los derechos está la democracia y en los privilegios está el totalitarismo. No lo olvidemos porque con cada pérdida de derechos se da un avance hacia la dictadura y con cada conquista de derechos se da un avance hacía la democracia.

 

 

Pedro Arahuetes García

Alcalde de Segovia

DEJA UNA RESPUESTA