Cinco años y medio de prisión por falsedad en documento mercantil

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Cinco años y seis meses de prisión, y una multa de 6.750 euros. Esa es la condena que ha impuesto el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) a un hombre por un delito continuado de falsedad en documento mercantil contra Caja Viva Caja Rural, así como el pago de un tercio de las costas procesales.

Trama de falsos préstamos: Delito continuado de falsedad en documento mercantil

Desde el año 2016, la Audiencia Provincial de Segovia estimó que el acusado, administrador y gerente de una empresa mercantil, suscribió un protocolo de colaboración con la entidad bancaria Caja Viva Caja Rural para la financiación de sus clientes particulares de cara al ejercicio 2016 y posteriores. En base del mismo, el condenado realizaba una labor de intermediación, destinada a que aquellos que adquirieran sus productos pudieran financiar los mismos a través de la mercantil.

La operativa de estas actividades consistía en que el comercio debía recoger y cotejar con el original la documentación exigida aportada por sus clientes y verificar, bajo su responsabilidad, la identidad y firma de los mismos, así como la información precontractual, contrato de financiación y domiciliación bancaria.

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Una vez recabada la documentación necesaria, el comercio, a través la de banca electrónica, volcaba la misma en una aplicación que incluía un sistema de evaluación bancaria que permitía predecir la posibilidad de impago de un préstamo analizando de forma automática la solvencia del cliente (scoring).

Finalmente, tras el scoring y en su caso la preaprobación del préstamo, el prescriptor debía entregar la documentación al responsable de Financiación al Consumo y Medios de pago de la entidad bancaria, que debía verificarlos y, tras ello, aprobar definitivamente la operación y autorizar el pago del préstamo, previa sanción a efectos informáticos por el Servicio de Riesgos.

Dinámica delictiva

Para perpetrar esta dinámica delictiva, el acusado simulaba la intervención de tales sujetos en los contratos de préstamo al consumo que él mismo confeccionaba, empleando los documentos con que contaba de los mismos y procediendo incluso en algunos de ellos a simular la firma de los intervinientes, presentándose la mayor parte de ellos sin firmar por el supuesto adquirente.

Para perfeccionar las obtenciones ilícitas de los préstamos, el acusado contaba con la colaboración de una mujer también acusada que, a la fecha de los hechos, desempeñaba el cargo de responsable de Financiación al Consumo y Medios de pago en Caja Viva.

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En base a esa responsabilidad, la acusada tenía atribuidas las funciones de sancionar y aprobar el pago de los micropréstamos por importe de menos de 30.000 euros, de conformidad con el ‘Manual de Riesgos: Manual de Políticas en Materia de Riesgos de Crédito y de Concentración’, apéndice E relativo a las ‘Atribuciones para el canal de financiación en punto de venta (Miniconsumo)’.

La también sancionada, tras el scoring automático y cuando la operación era preaprobada, recibía los originales de las solicitudes mendaces junto con la documentación recabada por el coacusado, procediendo a aprobar las mismas a sabiendas de su origen ilícito y de la carencia de elementos esenciales para su admisión, como la firma de los supuestos clientes, a cambio de percibir una parte de las cantidades obtenidas, siendo el resto destinadas a cuentas pertenecientes a la mercantil.

Prisión por estafa, pero absuelta del delito de falsedad en documento mercantil

Por ello, se ha condenado también a la mujer, como autora responsable de un delito de estafa agravada, a la pena de cuatro años de prisión y multa de 5.475 euros, y al pago de un sexto de las costas procesales, siendo absuelta del delito continuado de falsedad en documento mercantil. Así, según ha dictado la sentencia, ambos condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente, con responsabilidad civil subsidiaria de la entidad mercantil, a la entidad Caja Viva Caja Rural.

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