nuevo presidente del Tribunal Constitucional

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a un hombre «como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio en grado de tentativa», reza la sentencia.

El juzgado considera probado que, en septiembre de 2020, el procesado tras acceder al interior de la vivienda del novio de su expareja portando consigo un cuchillo, dijo en voz alta «¿éste es el que te trata mejor que yo?, aunque vaya a la cárcel a éste me lo quito de encima».

En este momento, según detalla la sentencia, el condenado se dirigió a la cocina, «con clara intención de arrebatarle la vida, al que apuñaló primeramente en la zona baja del tórax para, acto seguido, tratar de alcanzarle con dicho cuchillo en la zona del cuello, lo que motivó que tratara de refugiarse en la terraza de la cocina de la referida vivienda, siendo perseguido por el procesado quien, con idéntica intención, continuó apuñalándolo en diversas zonas del cuerpo mientras éste trataba de protegerse».

En un momento dado, el procesado paró de apuñalar y profirió la expresión «le voy a perdonar la vida a este hijo de puta», instante en el cual aprovechó para abandonar la vivienda con el fin de poner a salvo su vida y de pedir auxilio.

A consecuencia de las puñaladas sufridas, continúa la sentencia, sufrió heridas en hemitórax, en espacio intercostal izquierdo línea media con abundante enfisema subcutáneo, trayectoria ascendente que le provocó neumotórax, herida inciso cortante en región de bíceps braquial derecho que no afectó planos musculares, tres heridas incisas en región torácica sin afectación muscular, herida incisa en axila derecha, en gemelo y glúteo derecho.

Al autor de los hechos, condenado a cinco años de prisión, se le impide también aproximarse a una distancia inferior a 500 metros de agredido así como a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar frecuentado por el mismo, durante un periodo de ocho años.