Cuatro fueron las razones esgrimidas por Izquierda Unida para justificar la tasa que, una vez entre en vigor, deberán pagar las entidades financieras por la ocupación de vía pública por los cajeros automáticos.
En primer lugar, la pérdida de ingresos para las arcas municipales mientras que “las entidades financieras obtienen beneficios económicos aprovechándose del dominio público sin pagar ninguna tasa”, según figura en la moción presentada al Pleno por IU.
Argumenta, además, que a los bancos y cajas, a los que se ha inyectado dinero público, se les está eximiendo de un gravamen que pagan otros colectivos por el mismo motivo.
También consideran desde IU que los cajeros automáticos “generan suciedad en la vía pública” y “requieren una especial atención de la policía local por las noches ya que son lugares en los que es posible que se cometa un robo”.
Por último, la coalición justifica que “los ayuntamientos tienen legitimidad para cobrar esta tasa municipal a los cajeros automáticos instalados en la fachada de las entidades financieras, ya que existe una consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo respaldando este tipo de medidas que ya se han aplicado en otras ciudades como Cádiz, Badajoz o Zaragoza”.
La nueva tasa, de la que aún se desconoce la cuantía o la fecha de inicio de cobro, la tendrán que “abonar los bancos y las cajas, sin perjuicio para el consumidor, ya que son los que se enriquecen de esa utilización del dominio público, y no los usuarios”.
El acuerdo, aprobado por unanimidad en el Pleno del ayuntamiento de Segovia, conlleva la elaboración de una Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local derivado de la instalación de cajeros automáticos de entidades bancarias.