El Procurador del Común admitió a trámite la queja presentada por el grupo municipal del Partido Popular, en el Ayuntamiento de Segovia, por la cual, según explica el portavoz del PP, Jesús Postigo, fue denunciada la “errónea y abusiva interpretación del Reglamento de Funcionamiento del Ayuntamiento de Segovia y del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales. Esta flagrante infracción del reglamento, supone a nuestro juicio, una conculcación sistemática del derecho a la libertad de expresión constitucionalmente garantizado”.

Así lo indica el grupo que remite la queja a hechos acaecidos en el trascurso del presente mandato, “como infracción continuada y compuesta de una pluralidad de acciones, que constituyen el conjunto de actuaciones contra legem que viene realizando el Alcalde de Segovia y que cercena el legítimo derecho de los miembros del grupo Municipal Popular – y la obligación- que ostentan de defender los intereses de los ciudadanos”, indican.

?Así, los populares hacen oficial su continua queja al equipo de Gobierno respecto a la convocatoria y celebración de los Plenos del Ayuntamiento sin que transcurran los días señalados en el propio Reglamento, cinco días naturales, así como a las intervenciones finales del Alcalde en cada debate que se produce en los Plenos.

Según aseguran, hasta la fecha se han celebrado en el presente mandato legislativo 17 plenos ordinarios, y en nueve de ellos no se ha cumplido el plazo exigido por el Reglamento e, insisten, “a pesar de habérselo manifestado privada y públicamente nuestra queja, tanto al alcalde como a la propia Vicesecretaria del Ayuntamiento de Segovia.”.

Otro de los temas que supone conflicto en cada pleno del Consistorio segoviano hace referencia a las intervenciones finales del alcalde, en cada debate. Para el PP “el reglamento es claro sobre quién inicia y termina los debates. El debate se iniciará a cargo de alguno de los miembros de la Corporación y se cerrará con una intervención del ponente”, recuerdan en un comunicado. Sin embargo, a su parecer, el alcalde “no sólo viene actuado como moderador, sino como parte, pues utiliza de forma partidista y sectaria un turno más que el resto de los grupos y además cierra él siempre que lo desea los debates, cuando los reglamentos indican claramente que la discusión se cerrará con una intervención del ponente (el que inicio el debate) en la que brevemente ratificará o modificará su propuesta”.

Para el PP esta actuación “está menoscabando la libertad de expresión de los concejales del grupo Popular a los que no se permite ni siquiera responder a las alusiones muchas veces ofensivas vertidas en el Pleno. Y no sólo por ello, sino por la grave deformación del concepto de un debate que ha de estar sometido a unas escrupulosas normas y que al no cumplirse queda pervertido y transmutado en consecuencia en un instrumento parcial en mano del alcalde, sin que pueda identificarse tal actuación dentro del concepto de “policía interior de las sesiones” como señala el alto Tribunal Supremo.

DEJA UNA RESPUESTA