La solicitud debe presentarse personalmente y en impreso oficial en cualquier oficina de Correos hasta el día 31 de octubre (inclusive), en el horario habitual de apertura de cada oficina.
Ya se puede solicitar el voto por correo para las Elecciones a las Cortes Generales que se celebrarán el domingo 10 de noviembre de 2019.
Los ciudadanos que quieran votar por correo en el citado proceso electoral pueden solicitar hasta el día 31 de octubre (inclusive), en cualquier oficina de CORREOS de España y en el horario habitual de apertura de cada oficina, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.
Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que impida la formulación personal de la solicitud, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. CORREOS entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.
Elecciones Locales parciales el 17 de noviembre
CORREOS también gestionará el voto por correspondencia para las Elecciones Locales parciales que se celebrarán el 17 de noviembre en 35 municipios y en 88 entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio en los que no se presentó ningún candidato para los comicios del 26 de mayo, así como en otros tres municipios con mesas cuyo escrutinio fue anulado en las últimas elecciones municipales. En este caso, el plazo de solicitud de voto por correo también se abre hoy y finalizará el 7 de noviembre (inclusive).