El Tribunal Supremo desestimó el recurso del Ayuntamiento de Segovia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) para prohibir la edificabilidad en dos parcelas cercanas a la iglesia de la Veracruz, actualmente propiedad de un restaurante de las inmediaciones. A pesar de que el Consistorio había declarado ambos espacios como suelo rústico protegido, la sentencia lo califica de suelo urbano consolidado o solar, por lo que se podrá construir en él.

En base al criterio de que existieron edificaciones en el pasado que fueron demolidas por causa de ruina, el Tribunal Supremo opina que la zona es susceptible del levantamiento de edificio. Según las estimaciones ofrecidas hoy por el alcalde de Segovia, Pedro Arahuetes tras la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno Local, los edificios podrían llegar a tener una altura de hasta 15 metros.

Aunque Arahuetes, advirtió que “se comete un acto agresivo contra nuestro patrimonio” con el que se podrían eliminar las vistas del templo desde el barrio de San Marcos, el Ayuntamiento de Segovia se ve obligado a acatar la sentencia por lo que deberá de incluir la zona en el Plan General y sus modificaciones en el Plan Especial de Áreas Históricas.

Las parcelas de 190 y 208 metros cuadrados, corresponden hoy a un aparcamiento del citado restaurante. Según explicó el regidor municipal se podrán construir edificios de dos plantas y contarán con un volumen edificable en torno a los 600 u 800 metros, lo que a su juicio “tendrán un impacto visual tremendo”.

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