El Tribunal Supremo de Castilla y Léon ha dado la razón a una familia segoviana en su demanda contra la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla y León por lo que considera «deficiente asistencia sanitaria prestada» a una madre de familia de 48 años de edad que falleció el 16 de marzo de 2009.
En la demanda, el marido y los dos hijos de la fallecida acusaron a la Consejería de «mala praxis médica en la atención prestada» y «retraso en el diagnóstico y por consiguiente retraso en la realización del tratamiento médico adecuado» para corregir la estenosis aórtica que ocasionó su fallecimiento.
En un primer momento, la paciente acudió a la consulta del Centro de Atención Primaria de San Cristóbal en octubre de 2008 tras sentirse con molestias y le fue detectado un soplo sistólico. Apenas diez días después, fue derivada a consulta de cardiología con carácter preferente por presentar un «soplo distólico multifuncional con disnea con el ejercicio». De resultas de una analítica «normal» en las pruebas de tórax y electrocardiograma efectuadas en la primera consulta se le diagnosticó un tratamiento diurético.
La primera consulta en el Hospital fue el 3 de diciembre de 2008 y es entonces cuando el cardiólogo solicitó una nueva radiografía de tórax. Al volver la paciente a consulta tres meses después se le diagnosticó la estenosis aórtica crítica y se le consignó la cita de la operación para el 20 de marzo que ya no pudo realizarse.
Responsabilidades
La Gerencia del Hospital, que ha atendido la llamada de uno de los familiares después de varias visitas al Complejo sin que pudieran recibirlo, se ha remitido a la confidencialidad y al orden interno para no informar a los demandantes sobre las posibles medidas a tomar contra el personal del Centro.