Las instrucciones previas, también denominadas voluntades anticipadas o testamento vital, constituyen una manifestación de la autonomía de la voluntad de los pacientes y, como tal, son expresión de la dignidad de la persona.

A través del documento de instrucciones previas, las personas pueden decidir acerca de los tratamientos y cuidados de salud que desean o no recibir cuando se encuentren en una circunstancia en la que no puedan manifestar su voluntad personalmente, lo que implica la correlativa obligación de los profesionales de respetar la voluntad de los pacientes así manifestada.

El documento recoge los deseos expresados, de forma anticipada, sobre los cuidados y tratamientos de salud que desea recibir una persona para que sean tenidos en cuenta por el médico o por el equipo sanitario responsable de su asistencia en aquellos momentos en los que se encuentre incapacitado para expresarlos personalmente. Asimismo, en dicho documento puede expresar su voluntad sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos una vez llegado su fallecimiento. Puede realizarla cualquier persona mayor de 18 años, capaz y que actúe libremente.

Mª Concepción Manrique de la Fuente será la encargada de informar a todos los asistentes de estas cuestiones. La charla tendrá lugar este martes, día 27 a las 18:00 hs en el Centro Social Santa Isabel, nº 3, bajo. Para más información visita la p´wgina web de la Universidad de la Salud.

DEJA UNA RESPUESTA