Más de siete millones para permisos por nacimiento en Segovia es el importe de las prestaciones por nacimiento y cuidados de menores en la provincia de Segovia concedidas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Concretamente, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones destinó 7,1 millones de euros al pago de estas prestaciones.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.
Permisos por nacimiento en Segovia
La Seguridad Social tramitó un total de 1.107 permisos en la provincia por nacimiento y cuidado de menor entre enero y septiembre de este año. De esos 1107, «521 correspondieron al primer progenitor, normalmente la madre, y los 586 restantes al segundo progenitor, habitualmente el padre», especifica la Subdelegación del Gobierno en Segovia.
Dónde solicitar la prestación por nacimiento
La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad cuando entró en vigor el 1 de enero de 2021 y ha supuesto la equiparación completa de ambas.
En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y a través del formulario en https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimientocuidado-menor.html
También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Excedencias por cuidado de menores
Entre enero y septiembre de este año, 95 segovianos se acogieron a una excedencia para cuidar a sus hijos e hijas. La inmensa mayoría, 90 de las 95 totales correspondieron a mujeres y las cinco restantes a hombres.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.
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