El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Segovia denuncia que en el día de ayer la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Segovia publicó unas nuevas Directrices a aplicar a las enfermeras/os y resto de trabajadores de la Gerencia en relación con los permisos de reducción de jornada por guarda legal de menor de 12 años o familiar hasta 2o grado de consanguineidad. En las mismas, la Gerencia elimina el derecho de los trabajadores a elegir la franja horaria que necesitan reducirse, tal y como establece la regulación la de vacaciones y permisos del personal de SACYL, la Ley de Igualdad y el propio Plan de igualdad de la Junta de CyL publicada hace escasos meses, obligando a los trabajadores a llegar a un acuerdo entre sus compañeros y las propias supervisoras de enfermería, que serán las que finalmente decidan en qué horarios o jornadas se autoriza la reducción.
Hay que incidir que las enfermeras, debido a sus especiales horarios, que optan a una reducción de jornada, con la consiguiente reducción de retribuciones, lo hacen para poder cuidar de los menores o mayores dependientes en unos horarios concretos en los que por diversas circunstancias no tienen cubierta esa posibilidad, por ejemplo cuando los menores no están escolarizados o cuando el otro progenitor trabaja. La Gerencia de Segovia quiere obligar a que se reduzcan en unos horarios que no son los que necesitan para conciliar su vida familiar lo que conlleva que las enfermeras renuncien a esta opción porque perderían dinero y no verían sus necesidades de conciliación cubiertas.
Es importante tener en cuenta que el I Plan de Igualdad para las empleadas y empleados públicos de la Junta de Castilla y León, publicado en el mes de febrero, recoge que en todas las Administraciones Públicas de CYL, incluido SACYL hay que “Mejorar y aumentar las medidas de conciliación vigentes”, y no justo lo contrario, como parece pretenderse con estas directrices publicadas por esta Gerencia. Si una administración pública, como la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Segovia , con un porcentaje de trabajadores mayoritariamente femenino, pone estas trabas a la hora de conciliar, ¿qué ejemplo le está dando a las empresas privadas?
SATSE Segovia insiste “Es el propio trabajador solicitante, el único afectado por el problema familiar que se pretende resolver, a quien compete decidir, siendo el único capacitado al efecto, cuál es el período más idóneo que precisa, en función de sus necesidades concretas, para poder compaginar adecuadamente sus necesidades familiares, y para así cumplir adecuadamente las obligaciones del ejercicio de la patria potestad”.
La Gerencia de Segovia alega que estas directrices surgen de la necesidad de asegurar la atención sanitaria y por la dificultad de organizar y encajar los permisos con el resto de los profesionales del Servicio, Unidad o Centro que mantienen su jornada laboral completa. Sería mucho más sencillo si existiera una adecuada organización y planificación del personal de esta Gerencia y si todos sus trabajadores conocieran con la suficiente antelación los turnos de trabajo. Sin olvidarnos de que la normativa de forma expresa permite contratar a un eventual para que cubra las jornadas que el trabajador que decide optar por la reducción de jornada no realizada, de manera que en ningún momento la asistencia se vería afectada, ni supone un incremento de gasto para el hospital, ya que se compensa con la reducción de retribuciones que sufre el trabajador que lo solicita.
SATSE Segovia insiste en que Segovia es la única gerencia de todo SACYL que no realiza contrataciones para cubrir las reducciones de jornada con la excusa de que actualmente no hay enfermeras en bolsa, pero lleva años sin cubrir las reducciones y publica estas nuevas directrices a pocas semanas de que se inscriban en la bolsa de empleo los nuevos graduados y existiendo candidatos en Bolsa de empleo a día de hoy.
Según la Gerencia va a prevalecer el previo acuerdo del trabajador con el mando intermedio y/o Dirección, de manera que en aquellos casos donde el trabajador sí llegue a un acuerdo con su mando intermedio en la concreción horaria y el disfrute de su reducción acumulada no se le va a poner impedimento, pero en aquellos casos donde NO se llegue a previo acuerdo, por los motivos que sean con el mando intermedio y/o Dirección, se aplicarían las directrices aquí cuestionadas,
SATSE Segovia continuará luchando y defendiendo los derechos de las enfermeras y enfermeros que se encuentran en estas situaciones y tomará las medidas que considere oportunas para defender sus derechos.