Nuevas normas para patinetes

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La DGT ha publicado el Manual de características técnicas de los vehículos de movilidad personal; es decir, los patinetes que cada vez es más frecuente ver.

Según diversas estimaciones, hay más 1 millón de VMP circulando cada día por las ciudades.

En 2020 fallecieron 8 usuarios de vehículos de movilidad personal, 97 resultaron heridos hospitalizados y 1.097 fueron heridos no hospitalizados. Además, la circulación de estos vehículos está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías y por túneles urbanos.

Según el subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, Jorge Ordás, «el objetivo del manual es principalmente garantizar la seguridad  vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía. En un segundo plano se busca que los vehículos que salgan al mercado posean unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles».

¿Qué características deben cumplir?

  • La velocidad máxima a la que podrán circular es de 25km/h, velocidad a la que el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, dispondrá de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia.
  • Deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería.
  • Sistema de frenado. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.Además, los vehículos de más de 2 ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.
  • Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deben estar equipados de catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.

    Para los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma. Además, estos vehículos de mercancías u otros servicios, deberán llevar instalados obligatoriamente indicadores de dirección delanteros y traseros, conocidos popularmente como intermitentes. También deberán llevar retrovisores y asistente de marcha atrás.

  • Avisador acústico para todo tipo de VMP y en el caso de mercancías u otros servicios deberán llevar también avisador de marcha atrás.
  • Sistema de estabilización en aparcamiento. Con el objetivo de evitar los VMP caídos en medio de las calles y guardar un cierto orden en las ciudades, se ha establecido la obligatoriedad para los VMP con menos de 3 ruedas de disponer de un sistema de estabilización consistente en una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados.
  • Ruedas. Se establece en 203,2mm  el diámetro mínimo establecido de las ruedas y deben ser de superficie rugosa de modo que permita la adherencia al terreno. En ningún caso se permitirá la utilización de neumático liso.
  • Plegado seguro. Los VMP deberán disponer de un doble sistema de seguridad  para que queden bien acoplado mientras se lleva recogido y evitar aperturas involuntarias.
  • Todos los VMP deberán disponer de un  marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.
  • Porta Identificador. Los VMP deberán  llevar en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.

La normativa ya está en vigor. Todos los vehículos comercializados hasta el 22 de Enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de Enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir del 22 de Enero de 2027 solamente podrán circular los VMP que cumplan con lo dispuesto en este manual y, por lo tanto, que dispongan de certificado para circular.

 

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