Las asociaciones de hosteleros de Castilla y León muestran su descontento con la ley que prohíbe la apertura de los locales a partir de las 2 de la mañana.

En la línea mantenida por la Confederación Regional de Hostelería y Turismo de Castilla y León, y las nueve Asociaciones provinciales adscritas, se ha remitido un escrito a la Consejera de Sanidad para poner sobre la mesa los argumentos que esta Confederación entiende son suficientes para anular la ORDEN SAN/737/2020, de 31 de julio, por la que se adoptan medidas sanitarias preventivas adicionales para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, y en la se obliga a “desarrollar la actividad como máximo, hasta las 01:30 horas, tanto en el interior como en terrazas al aire libre, sin que pueda permitirse el acceso de clientes ni expedir consumición alguna desde esa hora, se dispone de un periodo máximo de desalojo de treinta minutos, con lo que a partir de las 02:00 horas, el establecimiento deberá permanecer cerrado al público”

La organización empresarial que ostenta legalmente la representación del sector de hostelería y turismo, y sus subsectores en esta Comunidad, afirman que «somos plenamente consciente de la difícil situación sanitaria derivada del Covid-19, aunque mostramos nuestra absoluta disconformidad con el contenido de la referida Ley. Entendemos que lo dictado en la citada Orden prescribiendo limites horarios al desarrollo de la actividad (01:30h) y desalojo efectivo (02:00h), lejos de constituir una medida preventiva, no anula ni impide comportamientos individuales y grupales lesivos para la necesaria sanidad colectiva relacionada con la Covid-1.»

Continuando con el escrito remitido a la Consejera, “el sector empresarial, tampoco entiende ni comparte que el legislador contemple en el mismo plano a las empresas de hostelería y turismo (hoteles, restaurantes, cafeterías, bares, ocio nocturno…) y a las sociedades gastronómicas, peñas y similares, como puede deducirse tanto del preámbulo de la Orden como del resuelvo primero.

Unas y otras ni son lo mismo en razón del ejercicio de sus actividades, ni de las obligaciones legales exigidas para el legítimo ejercicio de la actividad (netamente empresarial de un lado, lúdico festivo y sin carácter empresarial de otro), ni de las obligaciones y responsabilidades inherentes en materia de sanidad e higiene, ni de las obligaciones en materia tributaria, fiscal y laboral, ni de la responsabilidad por incumplimientos en su caso. Unas y otras tampoco tienen nada que ver en lo relativo, y esto es importante, al aporte en términos de generación de actividad económica y de generación y mantenimiento de empleo en la Comunidad de Castilla y León”, sin olvidar el perjuicio grave que esta medida tiene sobre las numerosas empresas que trabajan en el ámbito de celebraciones y eventos , su actividad y el empleo que mantienen, (hoteles, salones de banquetes, etc), en las que además para nada concurren situaciones de riesgo, al haber implementado desde su apertura los protocolos de seguridad requeridos por las autoridades sanitarias y disponer éstas de procesos de la actividad en términos de perfecta garantía sanitaria.

Resaltada nuestra prioridad de protección a la salud, no es menos cierto que los intereses económicos derivados de nuestra actividad también se deben proteger ya que la aplicación de la referida Orden ha supuesto un grave perjuicio económico a este secto razonando nuestro pronunciamiento en los siguientes motivos:

a) Nos encontramos en temporada alta para los establecimientos de hostelería y ocio nocturno.

b) No resulta justificado que se vaya a producir una mayor transmisión del virus dependiendo del horario del cierre.

c) Las empresas de los sectores afectados por la Orden vienen cumpliendo tanto las disposiciones legales en materia de higiene sanitaria como también las recomendaciones de las autoridades específicamente aplicables al sector hostelero.

En este compromiso firme de colaborar activamente para velar por la máxima seguridad sanitaria, la Confederación ha acordado promover y recomendar la implementación de cuantas medidas supongan un refuerzo en este sentido.

Entendemos que la aplicación de la medida sanitaria de desarrollo de nuestra actividad hasta las 01:30 horas y cierre al público a las 02:00

“resultan tanto para el sector de hostelería en general como para el ocio nocturno en particular gravemente perjudiciales para sus intereses económicos, y caso de mantenerse contribuirán sin duda a agravar la situación de crisis en el sector de la hostelería con los efectos laborales, sociales y económicos que de ello se derivaran en un territorio donde muchas familias obtienen sus única fuente de ingresos de este sector”

Si nuestra petición de suspensión solicitada no fuera atendida por esa Consejería de Sanidad, nos veríamos obligados a acudir, muy a nuestro pesar, a la vía judicial en defensa de nuestros derechos.