Ya está confimrado. Segovia el lunes dejará atrás la fase 1, tras dos puntuales semanas, y estrenará fase dos de la desescalada.La gran pregunta es: ¿Qué puedo hacer?

 

Grupos más amplios

A partir del día 8 en Segovia ya sí se podrán reunir grupos de hasta 15 personas.

Las personas de menos de 70 años tendrán libertad para salir a pasear sin franjas horarias, exceptuando entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00, horas que queda reservada a los mayores de 70 años.

La mascarilla

El uso de mascarilla continúa siendo obligatorio en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años. Salvo excepciones como aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad. Tampoco será obligatorio en otros casos como hacer deporte, comer o beber.

El trabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos
trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

El director de los centros y entidades deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros, entidades, locales y establecimientos.

Transporte

Las restricciones respecto al transporte no cambian, únicamente podrán salir de su región quienes justifiquen motivos sanitarios, laborales, profesionales, empresariales o causas de fuerza mayor.

MOTOS:

En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio (serán admitidos los guantes de protección de motoristas).

COCHES:

En los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. Si no residen en el mismo domicilio, podrán viajar dos personas por cada fila de asientos.

Establecimientos y locales comerciales

Se debe reducir al cuarenta por ciento el aforo total en los establecimientos y locales
comerciales.

Se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En los locales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente.

Se debe establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65
años.

Hostelería

Podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un cuarenta por ciento de su aforo.

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa.

Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre
las mesas.

Podrá procederse a la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los
establecimientos de hostelería y restauración limitándose al cincuenta por ciento de las
mesas.

Cines y teatros

A las bibliotecas y museos se suman en esta fase los cines, teatros y auditorios, que abrirán al público con butaca asignada previamente y limitación de un tercio del aforo.

Educación

Reapertura

Piscinas

Clases voluntarias en 4º ESO y 2º Bachillerato y centros abiertos en infantil para conciliar. Apertura de centros educativos no universitarios

Velatorios o entierros

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con
un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o
quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Lugares de culto

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por
ciento de su aforo.

Bodas

Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo, y en todo caso un máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados.