La Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, más conocida como la ley de «solo sí es sí», ya ha traído las primeras consecuencias para los delitos de carácter sexual. Pero, en lugar de ser positivas, los primeros acontecimientos que han tenido lugar tras la entrada en vigor de la ley, han sido las rebajas de condena a violadores, por la aplicación de la norma más favorable al reo.
En Castilla y León se han dictado, hasta el momento, tres resoluciones: una en Segovia y dos en León.
Segovia
En la Audiencia Provincial de Segovia, tras revisar las ejecutorias sobre delitos sexuales que se consideraban que podían verse influidas por dicha reforma y que no estuviesen suspendidas, en libertad condicional o cumplidas, se entendió que había cuatro que podían plantear dudas en cuanto a que la nueva Ley fuese más favorable.
Tras ello, se entendió que en una de ellas debía implementarse, por lo que un hombre que amenazó con un cuchillo a su prima y la violó, en abril de 2011, viera rebajada su condena de 12 a 9 años.
Caso
El condenado por amenazar a su prima con un cuchillo y violarla en 2011, se encuentra cumpliendo su condena en Rumania, su país de origen.
Cuando se produjo el delito, ella le había acogido en su casa, él, un día, entró en su dormitorio y le puso un cuchillo en el cuello, obligándola a mantener relaciones sexuales. En 2012 fue condenado por un delito de agresión sexual con penetración, con el agravante del uso de arma, el cual preveía una pena de 12 a 15 años. Se le impuso la pena de 12 años, al tener en cuenta su trastorno mental.
Ahora, tras la reforma del Código Penal, en los delitos de índole sexual, para estos mismos hechos se prevén penas de entre 7 y 15 años.
Por ello, la Audiencia de Segovia dictamina que «examinada la sentencia comprobamos que se le impuso la pena de 12 años, en base a que era la mínima posible». Ya que la responsabilidad penal del condenado se atenuaba, teniendo en cuenta su trastorno mental. Así, el Tribunal expresa que la pena fue impuesta en su mitad inferior y, tras la nueva ley, la pena de 12 años se encuentra en la mitad superior, por lo que ahora debe imponerse una pena entre 7 y 11 años, su mitad inferior.
Por su parte, el Ministerio Fiscal solicitaba la rebaja a 11 años. Mientras, la defensa solicitó la excarcelación del condenado, por considerar que la pena mínima son 7 años y ya los habría cumplido. La Sala entendió que lo adecuado era la imposición de la pena de 9 años.