Cuando aún seguimos con la ‘resaca’ de las elecciones del pasado 28 de mayo y preparando la convocatoria del 23 de julio, nos preguntamos si estos grafittis electorales a pocos metros del Acueducto van a seguir acompañando a segovianos y turistas que transitan por una de las calles más conocidas de Segovia.
La del Acueducto es una de las avenidas más frecuentadas de la capital. No en vano, está a escasos metros del monumento y es punto de encuentro en la ciudad.
Además, está avenida concentra entidades bancarias, comercios, y conecta el Acueducto con la estación de autobuses de Segovia por lo que es, prácticamente, paso obligado para todos aquellos que se mueven por Segovia con frecuencia.
El grafitti, bajo los soportales, lleva más de un mes ahí, sin que se haya limpiado. La cuestión es si se va a limpiar, si va a seguir mucho más tiempo o si llegará hasta las elecciones del próximo 23 de julio inalterable.
Recordamos que, desde el pasado 11 de marzo, cuando entró en vigor la modificación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, cuyo objetivo es reforzar la protección del patrimonio histórico de la ciudad, las pintadas o grafittis en el casco histórico de Segovia pueden ser sancionados hasta con 3.000 euros.
Abanico de infracciones de la Ordenanza
Además, queda prohibido depositar o lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.
El Acueducto, capítulo especial
Se indica expresamente, que no se puede acceder a la parte superior del Acueducto y su canal desde el desarenador de San Gabriel hasta el final del monumento en el interior del Recinto Amurallado, sin autorización municipal; autorización que deberá estar basada en el interés público o por motivos de conservación o mantenimiento del monumento.
Otros usos prohibidos del monumento romano como escalar, subir, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar en el Acueducto, sin autorización municipal. En ambos casos, se consideran conductas tipificadas como muy graves y, por tanto, serán sancionadas con multas de 1.500 a 3.000 euros.
También se prohíbe introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia.
Asimismo, queda prohibido tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.
Y, por último, se indica la prohibición de depositar junto al Acueducto, aún de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares, sin autorización municipal (conducta tipificada como grave y susceptible de una multa de 750 a 1.500 euros).
Gravedad de las infracciones
De esta manera, tendrán la consideración de infracciones graves:
- Depositar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico o inorgánico sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.
- Introducir papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios, desechos o cualquier tipo de residuos entre las juntas de los sillares del Acueducto de Segovia.
En estos casos, la infracción será sancionada con multa de 750,01 a 1.500 euros.”
Y tendrán la consideración de infracciones muy graves:
- Lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos por la normativa urbanística correspondiente.
- Tirar o depositar cualquier tipo de objeto o residuo, así como el vertido de cualquier sustancia líquida en el canal del Acueducto de Segovia.
En estos casos, la infracción será sancionada con multa de 1.500,01 a 3.000 euros