Dos millones de euros para pueblos

La colaboración de la Diputación y de la Junta permitirá invertir más de dos millones de euros para pueblos de menos de mil habitantes, con una nueva edición del Fondo de Cohesión Territorial

La Junta de Gobierno de la Diputación de Segovia ha aprobado esta semana las bases reguladoras de la convocatoria pública.

Va dirigida a la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en los municipios de la provincia con población inferior o igual a mil habitantes.

Estas ayudas derivan del Fondo de Cohesión Territorial de Castilla y León, correspondientes a los años 2024 y 2025.

Se trata de una línea que favorece la realización de inversiones en los municipios beneficiarios.

La aprobación de estas bases determina igualmente la tipología de los proyectos de inversión y otros extremos relativos a la forma de relación entre los municipios beneficiarios de las subvenciones y la institución provincial, así como a la gestión por parte de la Diputación del citado Fondo de Cohesión Territorial.

En cuanto a la financiación de los trabajos que se lleven a cabo en el marco de este fondo de ayudas, la Junta de Castilla y León correrá a cargo del 34% del montante total de cada obra, mientras que la Diputación aportará el 33%, quedando el 33% restante para cada ayuntamiento beneficiario.

Plazos

La convocatoria se ha publicado este 14 de noviembre en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los ayuntamientos tienen hasta el 30 de enero de 2025 para presentar las obras que han determinado para formar parte de este programa.

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De esta manera, el Gobierno regional aporta 786.761’51 euros (es decir, el 34%) y la institución provincial 763.621’47 euros. Hasta alcanzar el total de 2.314.004’45 euros resta otro 33%, que corresponde a la aportación que se dividirá entre cada uno de los consistorios a los que lleguen las subvenciones de este Fondo de Cohesión Territorial. Por tanto, esa suma de aportaciones municipales alcanzará otros 763.621’47 euros.

En cuanto a los plazos, las solicitudes de actuación tienen como fecha límite para su presentación el 30 de enero de 2025. A partir de ahí, el 30 de abril de 2025 tienen que estar contratadas todas las obras, que deben ejecutarse entre ese 30 de abril y el 30 de noviembre de 2025. De igual modo, las inversiones podrán justificarse ante la Diputación Provincial hasta ese 30 de noviembre.

No serán subvencionables los gastos previos de redacción del proyecto o de la memoria de la actividad subvencionada, los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales, registrales y los de administración específicos.

Tampoco lo serán los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. Ni tampoco los gastos de procedimientos judiciales, ni la redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico.

Igualmente, quedan excluidos proyectos o inversiones que tengan un especial carácter productivo. Bien por estar proyectados desde el inicio para ser objeto de venta o concesión administrativa, y tengan una previsión de obtener una ganancia patrimonial para la entidad local.

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