Detalles del Bono Nacimiento en Segovia

El delegado territorial de la Junta ha dado a conocer los detalles del Bono Nacimiento en Segovia a representantes de la Cámara de Comercio, de la Agrupación de Comerciantes Segovianos, de la Federación del Comercio de Segovia, de la Federación Empresarial Segoviana, del Colegio Oficial de Farmacéuticos y del Colegio Oficial de Ópticos y Optometristas.

José Mazarías ha presentado este nuevo recurso a los establecimientos comerciales de la provincia donde puede utilizarse la Tarjeta Familia para adquirir bienes o servicios con los que cubrir las necesidades de un niño, como alimentación infantil, pañales, productos de higiene, ropa y accesorios, medicamentos y otros productos farmacéuticos y ortopédicos u otros bienes necesarios para la atención infantil.

La difusión de estas ayudas entre las familias y los comercios se está llevando a cabo a través de soportes como cartelería en establecimientos e instalaciones a las que suelen acceder con frecuencia padres y madres con hijos recién nacidos o adoptados, así como con distintivos (pegatinas) en puertas y escaparates de locales comerciales.

Además, la Delegación Territorial de la Junta en Segovia ha enviado información a todos los Ayuntamientos de la provincia para que den a conocer el Bono Nacimiento mediante la colocación de cartelería en espacios transitados por los ciudadanos (como centros educativos y sanitarios) y la distribución de los distintivos con el lema ‘Aquí puedes utilizar la Tarjeta Familia’ entre los establecimientos del municipio. También se ha enviado información a todos los centro de Primaria y Secundaria de Segovia capital.

Plazos

La nueva ayuda del Bono Nacimiento, a la que la Junta destina 20 millones de euros, se puede solicitar desde el pasado 7 de febrero y está dirigida a las familias por el nacimiento de hijos o adopción de menores entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Condiciones

Para determinar la cuantía del Bono, los criterios a tener en cuenta son el nivel de renta (entendido como la suma de las rentas obtenidas por ambos progenitores) y el número de hijos o menores adoptados. Los solicitantes con un nivel de renta de hasta 40.000 euros recibirán 1.500 euros por el primer hijo, 2.000 euros por el segundo y 2.500 euros por el tercero. Para las rentas de entre 40.000 y 60.000 euros, las cuantías descienden en 500 euros, y bajan otros 500 euros más para quienes tengan una renta a partir de 60.000 euros.

En el caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, la cuantía se duplicará. La solicitud de esta ayuda complementaria por discapacidad podrá presentarse junto con la solicitud de subvención por nacimiento o adopción, o posteriormente y antes de que el niño cumpla cinco años. En los supuestos de parto múltiple o adopción simultánea, el importe del Bono Nacimiento será el más alto que corresponda en función del número de orden de los hijos nacidos o adoptados, dentro de cada tramo de renta y para cada uno de ellos.

La solicitud se hará con el formulario que debe cumplimentarse a través de la Sede Electrónica de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es). Si ninguno de los progenitores dispone de firma electrónica, la solicitud se presentará en un registro presencial.

El importe de las ayudas se abonará a nombre de la persona que se haya identificado como primer progenitor a través de una tarjeta prepago, la Tarjeta Familia, incorporándose inicialmente a la misma un saldo del 50 por ciento de la subvención concedida y el 50 por ciento restante, a partir de los seis meses de la primera recarga.

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